Disposiciones generales. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2022/119-3)
Resolución de 9 de junio de 2022, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convocan dos becas de carácter plurianual 2022 para la formación en el Área de Documentación del Organismo en régimen de concurrencia competitiva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Jueves, 23 de junio de 2022

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INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
a) El responsable del tratamiento es el Gabinete de Estudios y Programas del Instituto Andaluz de la Mujer, cuya dirección postal es
C/ Dª. María Coronel, 6 (41003, Sevilla) y cuya dirección web es http://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer
b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección C/Dª. María Coronel, 6 (41003, Sevilla) o en el correo
electrónico dpd.iam@juntadeandalucia.es.
c) Los datos personales que nos indica se incorporan a la actividad de tratamiento GESTIÓN DE BECAS, con la finalidad de gestión de
becas de formación; la licitud de dicho tratamiento se basa en el artículo 6.1.e) del Reglamento General de Protección de Datos de
la Unión Europea, consecuencia de lo establecido en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de
género en Andalucía y la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de
género.
d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su
tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.
e) No están previstas cesiones de datos, salvo a posibles encargados de tratamiento por cuenta del responsable del mismo, o de las
derivadas de obligación legal.
f) La información adicional detallada se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: https://juntadeandalucia.es/
protecciondedatos/detalle/166380.html

NOTAS
La presentación de esta solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones a emitir por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Consejería competente en materia de
Hacienda de la Junta de Andalucía, que sean requeridas por las bases reguladoras, de acuerdo con el artículo 120.2 del Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de
marzo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

00263623

002103/4/A02D

De acuerdo con el artículo 14.2 de la Orden de 16 de julio de 2013 por la que se establecen las bases reguladoras de estas becas, la
falta de presentación en plazo de los documentos exigidos por la Propuesta provisional de resolución implicará (salvo que se trate
de documentos que obren en poder de la Administración, respecto de los cuales la persona interesada haya efectuado su
consentimiento expreso al órgano instructor para que pueda recabarlos):
a) Cuando se refiera a la acreditación de requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria, su desistimiento de la
solicitud.
b) Cuando se refiera a la acreditación de los elementos a considerar para aplicar los criterios de valoración, la no consideración de
tales criterios, con la consiguiente modificación de la valoración obtenida.
Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades en que se pueda incurrir.

http://www.juntadeandalucia.es/eboja