3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2022/119-26)
Orden de 14 de junio de 2022, por la que se resuelve la convocatoria para acogerse al régimen de conciertos educativos o la renovación o modificación de los mismos, con centros docentes privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a partir del curso académico 2022/23.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Jueves, 23 de junio de 2022

página 10353/3

Administración a las personas físicas o jurídicas titulares de los mismos, mediante
transferencia bancaria, cada trimestre, según el calendario de pagos previsto por la
Dirección General de Política Financiera y Tesorería de la Consejería de Hacienda y
Financiación Europea.
7. De acuerdo con la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, las cantidades abonadas por la Consejería de Educación y Deporte por el
concepto «otros gastos» a los centros concertados se justificarán dentro de los tres meses
siguientes al término del curso escolar en que fueron concedidas, mediante aportación,
por la persona física o jurídica titular de los centros docentes, de la certificación del
acuerdo del Consejo Escolar aprobatorio de las cuentas.
Cuarto. Control financiero de los centros.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Orden de 16 de diciembre de
2020, y conforme a lo previsto en el artículo 41 del Reglamento de Normas básicas sobre
conciertos educativos, los centros concertados quedarán sujetos al control de carácter
financiero que las disposiciones vigentes atribuyen a la Intervención General de la Junta
de Andalucía, al Tribunal de Cuentas y a la Cámara de Cuentas de Andalucía.
Quinto. Publicación de la resolución de conciertos.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 de la Orden de 16 de diciembre de
2020, la presente orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las
Delegaciones Territoriales de Educación y Deporte publicarán en sus páginas web el
enlace correspondiente para facilitar a los centros concertados la consulta de la misma.
Sexto. Formalización de los conciertos.
1. Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Educación y Deporte
notificarán a las personas físicas o jurídicas titulares de los centros o a las que las
representen, en la forma establecida en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, el documento de formalización del concierto, de acuerdo con los modelos
vigentes hechos públicos al efecto por las Órdenes de la Consejería de Educación, de
15 de octubre de 2009, y de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, de 15 de
octubre de 2014.
2. El documento administrativo de formalización del concierto educativo será firmado
por medios electrónicos por la persona titular de la correspondiente Delegación Territorial
de Educación y Deporte y por la persona física o jurídica titular del centro docente privado
o persona con representación legal debidamente acreditada.
3. La firma del documento administrativo por la persona física o jurídica titular del
centro docente privado o la que la represente deberá realizarse en el plazo que establezca
la correspondiente Delegación Territorial de Educación y Deporte en su notificación. Si la
persona física o jurídica titular del centro docente privado no suscribiese el documento de
formalización en el plazo señalado, sin causa justificada, se entenderá que renuncia al
concierto concedido.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación
y Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 112.1,
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00263636

Séptimo. Efectos de la presente orden.
La presente orden tendrá efectos económicos y administrativos desde el inicio del
curso escolar 2022/23.