Disposiciones generales. Consejería de Salud y Familias. (2022/521-8)
Resolución de 22 de junio de 2022, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Sevilla, por la que se establecen en la provincia de Sevilla los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 21 - Miércoles, 22 de junio de 2022
página 10529/3
RESU ELVO
Primero. Mantener, previo informe del Comité Territorial de Alertas de Salud Pública
de Alto Impacto, en el nivel de alerta sanitaria 0 a los municipios de los distritos sanitarios
relacionados en el anexo a la presente resolución.
segundo. adoptar las medidas de salud pública generales y las establecidas para
el nivel de alerta sanitaria 0 previstas en la Orden de 7 de mayo de 2021, por la que
se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y
excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19
finalizado el estado de alarma, sus posteriores prórrogas y demás normativa vigente en
materia de Salud Pública.
Tercero. La adopción de los niveles de alerta sanitaria producirá efectos desde las
00:00 horas del día 23 de junio de 2022 hasta las 00:00 horas del día 22 de septiembre
de 2022, manteniéndose vigentes dichos niveles mientras la situación epidemiológica no
presente cambios, y en todo caso durante un mínimo de 7 días naturales, todo ello de
conformidad con lo dispuesto en la Orden de 7 de mayo de 2021.
Cuarto. Dar traslado de esta resolución a la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, con
el objeto de recabar su cooperación y colaboración, en su caso, a través de los Cuerpos y
Fuerzas de Seguridad del Estado, para el control y aplicación de las medidas adoptadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo
de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo
establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnada directamente
ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo establecido
en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 22 de junio de 2022.- El Consejero de Salud y Familias, P.D. (Orden de 7.5.2021,
BOJA extraordinario núm. 41, de 7.5.2021), la Delegada, Regina Serrano Ferrero.
ANEXO
MUNICIPIOS QUE SE MANTIENEN EN EL NIVEL DE ALERTA SANITARIA 0
DISTRITO SANITARIO SEVILLA ESTE
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00263807
Aguadulce
Algámitas
Badolatosa
Cañada Rosal
Casariche
Écija
El Rubio
El Saucejo
Estepa
Fuentes de Andalucía
Gilena
Herrera
La Luisiana
La Puebla de Cazalla
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 21 - Miércoles, 22 de junio de 2022
página 10529/3
RESU ELVO
Primero. Mantener, previo informe del Comité Territorial de Alertas de Salud Pública
de Alto Impacto, en el nivel de alerta sanitaria 0 a los municipios de los distritos sanitarios
relacionados en el anexo a la presente resolución.
segundo. adoptar las medidas de salud pública generales y las establecidas para
el nivel de alerta sanitaria 0 previstas en la Orden de 7 de mayo de 2021, por la que
se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y
excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19
finalizado el estado de alarma, sus posteriores prórrogas y demás normativa vigente en
materia de Salud Pública.
Tercero. La adopción de los niveles de alerta sanitaria producirá efectos desde las
00:00 horas del día 23 de junio de 2022 hasta las 00:00 horas del día 22 de septiembre
de 2022, manteniéndose vigentes dichos niveles mientras la situación epidemiológica no
presente cambios, y en todo caso durante un mínimo de 7 días naturales, todo ello de
conformidad con lo dispuesto en la Orden de 7 de mayo de 2021.
Cuarto. Dar traslado de esta resolución a la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, con
el objeto de recabar su cooperación y colaboración, en su caso, a través de los Cuerpos y
Fuerzas de Seguridad del Estado, para el control y aplicación de las medidas adoptadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo
de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo
establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnada directamente
ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo establecido
en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 22 de junio de 2022.- El Consejero de Salud y Familias, P.D. (Orden de 7.5.2021,
BOJA extraordinario núm. 41, de 7.5.2021), la Delegada, Regina Serrano Ferrero.
ANEXO
MUNICIPIOS QUE SE MANTIENEN EN EL NIVEL DE ALERTA SANITARIA 0
DISTRITO SANITARIO SEVILLA ESTE
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00263807
Aguadulce
Algámitas
Badolatosa
Cañada Rosal
Casariche
Écija
El Rubio
El Saucejo
Estepa
Fuentes de Andalucía
Gilena
Herrera
La Luisiana
La Puebla de Cazalla
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