Autoridades y personal. Universidades. (2022/116-31)
Resolución de 14 de junio de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público de méritos para la contratación de profesores contratados doctores.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Lunes, 20 de junio de 2022
página 10074/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
Resolución de 14 de junio de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que
se convoca concurso público de méritos para la contratación de profesores
contratados doctores.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades (en lo sucesivo LOU) modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.
Atendiendo a la tasa de reposición de efectivos fijada en un máximo del 110% por la
Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021,
a lo dispuesto en la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el año 2021, y de acuerdo con lo establecido en la Orden
de 25 de octubre de 2021 de la Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades de la Junta de Andalucía, por la que se autoriza a la
Universidad de Sevilla para la convocatoria de plazas de personal docente e investigador
en ejecución de la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la
Universidad de Sevilla para el año 2021, publicada en BOJA de 14 de julio de 2021 y
rectificada en BOJA de 3 de agosto,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuyen el artículo 20 de dicho
texto, así como el Estatuto de esta Universidad, aprobado mediante Decreto 324/2003,
de la Junta de Andalucía y modificado por Decreto 348/2004 y por Decreto 16/2008, ha
resuelto convocar a concurso las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente
Resolución, y que se encuentran dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la
Universidad de Sevilla e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo, y con
sujeción a las siguientes bases:
2. Condiciones y requisitos de los aspirantes.
Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los concursantes deberán haberse
adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2.1. De carácter general.
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00263348
1. Normas generales.
El presente concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley 6/2001, Orgánica de
Universidades, de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007; el Decreto
Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Andaluza de Universidades; el Estatuto de la Universidad de Sevilla; el Convenio Colectivo
del Personal Docente e Investigador laboral de las Universidades públicas de Andalucía
(BOJA de 9 de mayo de 2008). En lo no contemplado en la normativa citada, el concurso
se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y
demás legislación general que le sea de aplicación, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Lunes, 20 de junio de 2022
página 10074/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
Resolución de 14 de junio de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que
se convoca concurso público de méritos para la contratación de profesores
contratados doctores.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades (en lo sucesivo LOU) modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.
Atendiendo a la tasa de reposición de efectivos fijada en un máximo del 110% por la
Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021,
a lo dispuesto en la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el año 2021, y de acuerdo con lo establecido en la Orden
de 25 de octubre de 2021 de la Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades de la Junta de Andalucía, por la que se autoriza a la
Universidad de Sevilla para la convocatoria de plazas de personal docente e investigador
en ejecución de la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la
Universidad de Sevilla para el año 2021, publicada en BOJA de 14 de julio de 2021 y
rectificada en BOJA de 3 de agosto,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuyen el artículo 20 de dicho
texto, así como el Estatuto de esta Universidad, aprobado mediante Decreto 324/2003,
de la Junta de Andalucía y modificado por Decreto 348/2004 y por Decreto 16/2008, ha
resuelto convocar a concurso las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente
Resolución, y que se encuentran dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la
Universidad de Sevilla e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo, y con
sujeción a las siguientes bases:
2. Condiciones y requisitos de los aspirantes.
Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los concursantes deberán haberse
adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2.1. De carácter general.
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00263348
1. Normas generales.
El presente concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley 6/2001, Orgánica de
Universidades, de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007; el Decreto
Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Andaluza de Universidades; el Estatuto de la Universidad de Sevilla; el Convenio Colectivo
del Personal Docente e Investigador laboral de las Universidades públicas de Andalucía
(BOJA de 9 de mayo de 2008). En lo no contemplado en la normativa citada, el concurso
se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y
demás legislación general que le sea de aplicación, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.