Autoridades y personal. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2022/76-13)
Resolución de 19 de abril de 2022, de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se efectúa la convocatoria pública para cubrir el puesto de Personal Técnico de Educación para el Desarrollo, con carácter indefinido.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Viernes, 22 de abril de 2022
página 6483/2
Contra esta resolución se podrá interponer, en el plazo de un año, demanda ante
el Juzgado de lo Social, conforme al artículo 2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la jurisdicción social, sin perjuicio de cuantas otras acciones se estime
oportuno deducir.
Sevilla, 19 de abril de 2022.- La Directora, María Luz Ortega Carpio.
ANEXO I
BASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PROVISIÓN, CON CARÁCTER
INDEFINIDO, DEL PUESTO DE PERSONAL TÉCNICO DE EDUCACIÓN PARA EL
DESARROLLO EN LA AGENCIA ANDALUZA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL
PARA EL DESARROLLO (EN ADELANTE, AACID)
(Ref. AACID_2022_TEpD)
2. Descripción del puesto.
2.1. Denominación del puesto de trabajo: Personal Técnico del Departamento de
Educación para el Desarrollo.
2.2. Contenido funcional del puesto de trabajo.
Siguiendo las instrucciones de su respectiva Jefatura, corresponden al Personal
Técnico de Educación para el Desarrollo las siguientes funciones que se relacionan a
título orientativo y no exhaustivo:
- Colaborar en las campañas institucionales dirigidas a la visualización de las acciones
de Educación para el Desarrollo.
- Colaborar en la ejecución de Convenios con los distintos Agentes en materia de
Educación para el Desarrollo.
- Valorar los proyectos y programas de Educación para el Desarrollo que presenten
los agentes de la cooperación andaluza, conforme a los criterios establecidos en el
protocolo de verificación de la pertinencia de las intervenciones de su respectivo ámbito
competencial.
- Realizar el seguimiento y, en su caso, valorar y tramitar la modificación de los
proyectos y programas de Educación para el Desarrollo, proponiendo la aprobación o
denegación de las solicitudes de modificación presentadas. En los mismos términos,
identificar los problemas existentes durante su ejecución y proponer las medidas
necesarias para solventarlos.
- Analizar la documentación referida a la justificación de las subvenciones concedidas
a la finalización de los proyectos y programas de Educación para el Desarrollo.
- Atender a las entidades que soliciten información de las subvenciones a proyectos y
programas de Educación para el Desarrollo.
- Promover la integración efectiva de la perspectiva de género en el desarrollo en
todo lo anterior.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259764
1. Objeto de la convocatoria.
1.1. La cobertura de un puesto de Personal Técnico de Educación para el Desarrollo
(Ref. AACID_2022_TEpD), mediante la concertación de un contrato laboral por tiempo
indefinido (fijo).
1.3. El procedimiento para la cobertura de la plaza vacante se llevará a cabo mediante
concurso-oposición.
1.2. El sistema de selección garantiza el respeto de los principios de igualdad, mérito
y capacidad en los términos establecidos en el artículo 26.2 de los Estatutos de la ACCID
y en el artículo 30 del Convenio Colectivo de aplicación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Viernes, 22 de abril de 2022
página 6483/2
Contra esta resolución se podrá interponer, en el plazo de un año, demanda ante
el Juzgado de lo Social, conforme al artículo 2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la jurisdicción social, sin perjuicio de cuantas otras acciones se estime
oportuno deducir.
Sevilla, 19 de abril de 2022.- La Directora, María Luz Ortega Carpio.
ANEXO I
BASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PROVISIÓN, CON CARÁCTER
INDEFINIDO, DEL PUESTO DE PERSONAL TÉCNICO DE EDUCACIÓN PARA EL
DESARROLLO EN LA AGENCIA ANDALUZA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL
PARA EL DESARROLLO (EN ADELANTE, AACID)
(Ref. AACID_2022_TEpD)
2. Descripción del puesto.
2.1. Denominación del puesto de trabajo: Personal Técnico del Departamento de
Educación para el Desarrollo.
2.2. Contenido funcional del puesto de trabajo.
Siguiendo las instrucciones de su respectiva Jefatura, corresponden al Personal
Técnico de Educación para el Desarrollo las siguientes funciones que se relacionan a
título orientativo y no exhaustivo:
- Colaborar en las campañas institucionales dirigidas a la visualización de las acciones
de Educación para el Desarrollo.
- Colaborar en la ejecución de Convenios con los distintos Agentes en materia de
Educación para el Desarrollo.
- Valorar los proyectos y programas de Educación para el Desarrollo que presenten
los agentes de la cooperación andaluza, conforme a los criterios establecidos en el
protocolo de verificación de la pertinencia de las intervenciones de su respectivo ámbito
competencial.
- Realizar el seguimiento y, en su caso, valorar y tramitar la modificación de los
proyectos y programas de Educación para el Desarrollo, proponiendo la aprobación o
denegación de las solicitudes de modificación presentadas. En los mismos términos,
identificar los problemas existentes durante su ejecución y proponer las medidas
necesarias para solventarlos.
- Analizar la documentación referida a la justificación de las subvenciones concedidas
a la finalización de los proyectos y programas de Educación para el Desarrollo.
- Atender a las entidades que soliciten información de las subvenciones a proyectos y
programas de Educación para el Desarrollo.
- Promover la integración efectiva de la perspectiva de género en el desarrollo en
todo lo anterior.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259764
1. Objeto de la convocatoria.
1.1. La cobertura de un puesto de Personal Técnico de Educación para el Desarrollo
(Ref. AACID_2022_TEpD), mediante la concertación de un contrato laboral por tiempo
indefinido (fijo).
1.3. El procedimiento para la cobertura de la plaza vacante se llevará a cabo mediante
concurso-oposición.
1.2. El sistema de selección garantiza el respeto de los principios de igualdad, mérito
y capacidad en los términos establecidos en el artículo 26.2 de los Estatutos de la ACCID
y en el artículo 30 del Convenio Colectivo de aplicación.