Disposiciones generales. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2022/76-6)
Extracto de la Orden de 18 de abril de 2022 por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para el ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Viernes, 22 de abril de 2022

página 6507/7

Quinto. Dotación.
La dotación máxima de cada una de las Líneas se refleja en el cuadro recogido en el punto
primero del presente extracto y la forma de determinación de la cuantía de las subvenciones
a conceder para cada una de las líneas se describe en el Anexo I que se acompaña.
En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las
disponibilidades presupuestarias existentes.
Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una
resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que,
aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del
mismo, de conformidad con lo previsto en el en el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de
4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión de
subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
Se contempla la posibilidad de un crédito adicional para las Líneas 4, 11 y 12 cuya
aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria, de
acuerdo con lo estipulado en el artículo 10.d) del Decreto 282/2010. La efectividad de esta
cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, previa
aprobación de la modificación presupuestaria que proceda en un momento anterior, en
cualquier caso, a la resolución de concesión de la subvención.
Sexto. Solicitudes y lugar de presentación.
1. Las solicitudes irán dirigidas a las personas indicadas en el apartado 10.b) del
cuadro resumen de cada línea aprobado mediante la Orden de 20 de julio de 2021.
2. Las solicitudes anteriores podrán presentarse en los lugares indicados en el apartado
10.c) del cuadro resumen de cada línea aprobado mediante la Orden de 20 de julio de 2021.
Las solicitudes indicadas se presentarán en el registro electrónico de la Administración de
la Junta de Andalucía, a través de la dirección electrónica:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/
Asimismo, para las subvenciones destinadas a las personas físicas se podrá presentar en
los lugares y registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 82.2
de la Ley 9/2017, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día
siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente
extracto.
Octavo. Otros datos.
Tanto la citada solicitud como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación
y presentación de documentos a los que se refiere la Orden de 20 de julio de 2021
anteriormente referenciada, se podrán obtener en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía y en la siguiente URL:
https://juntadeandalucia.es/organismos/igualdadpoliticassocialesyconciliacion/servicios.html
en el portal de la Administración de la Junta de Andalucía. De conformidad con el
artículo 12.9 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, esta publicación es únicamente a
efectos informativos, salvo para las líneas 1 y 2 dirigidas a personas físicas.

ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ
Consejera de Igualdad, Políticas Sociales
y Conciliación

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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