3. Otras disposiciones. Consejería de Salud y Familias. (2022/71-40)
Resolución de 7 de abril de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, para avocar las competencias del Director General de Gestión Económica y Servicios para adjudicar los contratos basados en el acuerdo marco para el suministro de vacuna antigripal, Campaña 2022-2023, y delegarlas en los titulares de las Direcciones Gerencias de los Hospitales de referencia de cada provincia andaluza.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022
página 6043/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
Resolución de 7 de abril de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Salud, para avocar las competencias del Director General de
Gestión Económica y Servicios para adjudicar los contratos basados en el
acuerdo marco para el suministro de vacuna antigripal, Campaña 2022-2023,
y delegarlas en los titulares de las Direcciones Gerencias de los Hospitales de
referencia de cada provincia andaluza.
La Subdirección de Farmacia y Prestaciones del Servicio Andaluz de Salud propone
la celebración de un acuerdo marco con una única empresa, para fijar las condiciones
para el suministro de tracto sucesivo y precio unitario de la vacuna antigripal destinada al
Programa de Vacunaciones de Andalucía, Campaña 2022-2023.
Al tratarse de productos de uso común para todos los centros y con especificaciones
técnicas comunes a todos ellos, se considera idóneo, a efectos de racionalizar la
contratación de estos bienes por parte del Servicio Andaluz de Salud, la conclusión de un
acuerdo marco puesto que permite armonizar en todos los centros las condiciones de su
adquisición.
De este acuerdo marco derivarán contratos basados en él, que se celebrarán con la
empresa adjudicataria y los órganos provinciales con competencia delegada en materia
de contratación, para la realización de las adquisiciones de la vacuna antigripal.
La competencia en los Servicios Centrales, para la contratación administrativa
tramitada en aplicación de los sistemas de racionalización, tales como el acuerdo
marco con un único empresario, es, de conformidad con la Resolución de 20 de enero
de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan
competencias en diferentes órganos, del Director General de Gestión Económica y
Servicios. No obstante, razones de índole técnica y de eficiencia operativa aconsejan
que la ejecución material del suministro se realice, mediante la adjudicación de los
contratos basados en el acuerdo marco, que llevarán a cabo las personas titulares
de las Direcciones Gerencias de los distintos Hospitales de referencia de cada
una de las provincias andaluzas, previa avocación y delegación de la competencia
respectivamente.
Por lo expuesto, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 69 de la Ley 2/1998,
de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en relación el Decreto 105/2019, de 12 de febrero,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del
Servicio Andaluz de Salud y de acuerdo con lo previsto en los artículos 101 y 103 de la de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
RESU ELVO
Segundo. Delegar las competencias para la adjudicación de los contratos basados
en el citado acuerdo marco en las personas titulares de las Direcciones Gerencias
de los siguientes Centros Hospitalarios: H. Torrecárdenas de Almería, H. Puerta del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259332
Primero. Avocar las competencias del Director General de Gestión Económica y
Servicios para la adjudicación de los contratos basados en el acuerdo marco con una
única empresa, por lotes, por el que se fijan las condiciones para el suministro de tracto
sucesivo y precio unitario de vacuna antigripal destinada al Programa de Vacunaciones
de Andalucía, Campaña 2022-2023.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022
página 6043/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
Resolución de 7 de abril de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Salud, para avocar las competencias del Director General de
Gestión Económica y Servicios para adjudicar los contratos basados en el
acuerdo marco para el suministro de vacuna antigripal, Campaña 2022-2023,
y delegarlas en los titulares de las Direcciones Gerencias de los Hospitales de
referencia de cada provincia andaluza.
La Subdirección de Farmacia y Prestaciones del Servicio Andaluz de Salud propone
la celebración de un acuerdo marco con una única empresa, para fijar las condiciones
para el suministro de tracto sucesivo y precio unitario de la vacuna antigripal destinada al
Programa de Vacunaciones de Andalucía, Campaña 2022-2023.
Al tratarse de productos de uso común para todos los centros y con especificaciones
técnicas comunes a todos ellos, se considera idóneo, a efectos de racionalizar la
contratación de estos bienes por parte del Servicio Andaluz de Salud, la conclusión de un
acuerdo marco puesto que permite armonizar en todos los centros las condiciones de su
adquisición.
De este acuerdo marco derivarán contratos basados en él, que se celebrarán con la
empresa adjudicataria y los órganos provinciales con competencia delegada en materia
de contratación, para la realización de las adquisiciones de la vacuna antigripal.
La competencia en los Servicios Centrales, para la contratación administrativa
tramitada en aplicación de los sistemas de racionalización, tales como el acuerdo
marco con un único empresario, es, de conformidad con la Resolución de 20 de enero
de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan
competencias en diferentes órganos, del Director General de Gestión Económica y
Servicios. No obstante, razones de índole técnica y de eficiencia operativa aconsejan
que la ejecución material del suministro se realice, mediante la adjudicación de los
contratos basados en el acuerdo marco, que llevarán a cabo las personas titulares
de las Direcciones Gerencias de los distintos Hospitales de referencia de cada
una de las provincias andaluzas, previa avocación y delegación de la competencia
respectivamente.
Por lo expuesto, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 69 de la Ley 2/1998,
de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en relación el Decreto 105/2019, de 12 de febrero,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del
Servicio Andaluz de Salud y de acuerdo con lo previsto en los artículos 101 y 103 de la de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
RESU ELVO
Segundo. Delegar las competencias para la adjudicación de los contratos basados
en el citado acuerdo marco en las personas titulares de las Direcciones Gerencias
de los siguientes Centros Hospitalarios: H. Torrecárdenas de Almería, H. Puerta del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259332
Primero. Avocar las competencias del Director General de Gestión Económica y
Servicios para la adjudicación de los contratos basados en el acuerdo marco con una
única empresa, por lotes, por el que se fijan las condiciones para el suministro de tracto
sucesivo y precio unitario de vacuna antigripal destinada al Programa de Vacunaciones
de Andalucía, Campaña 2022-2023.