Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2022/71-9)
Resolución de 7 de abril de 2022, de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, por la que nombra al Director del Plan de Genética de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022
página 6102/1
2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
Resolución de 7 de abril de 2022, de la Dirección General de Salud Pública y
Ordenación Farmacéutica, por la que nombra al Director del Plan de Genética
de Andalucía.
La Consejería de Salud, en virtud de lo establecido en la Ley 2/1998, de 15 de junio, de
Salud de Andalucía, tiene la competencia de definir las políticas sanitarias, asignar los
recursos y garantizar el derecho a la salud de los ciudadanos en la Comunidad Autónoma
andaluza, todo ello bajo los principios, entre otros, de coordinación de las actuaciones y
de los recursos, mejora de la calidad en los servicios y utilización eficaz y eficiente de los
recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de sus objetivos.
La citada Ley 2/1998, de 15 de junio, en el artículo 33 establece que, de conformidad
con los criterios y pautas que establezca el Plan Andaluz de Salud y teniendo en cuenta
las especificidades de cada territorio, se elaborarán planes de salud específicos por los
órganos correspondientes de cada una de las áreas de salud.
La Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía, tiene por objeto,
entre otros, establecer las funciones y competencias en materia de salud pública, sus
prestaciones y servicios y las líneas para organizar su gobernanza, asegurando el
carácter transversal, participativo e intersectorial de las actuaciones de la Administración
pública y la organización de sus recursos multidisciplinares para obtener eficacia.
El IV Plan Andaluz de Salud establece, entre sus metas, el conseguir mayores
niveles de salud con las acciones contempladas en los planes integrales y las estrategias
de salud priorizadas en el Sistema Sanitario Público de Andalucía y el desarrollar un
modelo de organización inteligente que genere, fomente y comparta el conocimiento y la
innovación y promueva la mejora continua y la calidad de las actuaciones en materia de
protección de la salud.
Los descubrimientos recientes en genética humana han supuesto un cambio drástico
en nuestra comprensión del desarrollo humano y de la causa de muchas enfermedades.
Estos descubrimientos han permitido importantes avances en la práctica clínica. Por ello
se ha puesto en marcha el Plan de Genética de Andalucía, como instrumento que ha de
permitir una atención de calidad a personas y familias residentes en nuestra comunidad.
El desarrollo del Plan de Genética de Andalucía crea y organiza una serie de servicios
de genética para el Sistema Sanitario Público Andaluz con profesionales que trabajan en
red y que se coordinan con otros profesionales que ya aplican los avances en genética a
pacientes y sus familiares.
En definitiva, el Plan de Genética pretende dar una respuesta integral, coordinada,
equitativa, de alta calidad y sostenible a los desafíos que suponen el desarrollo de la
genética humana y sus aplicaciones en el ámbito de la atención sanitaria pública en
Andalucía en los próximos años.
RESU ELVO
Primero. Cesar a doña Salud Borrego López como Directora del Plan de Genética de
Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259391
Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el
artículo 8 a) del Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud,
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022
página 6102/1
2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
Resolución de 7 de abril de 2022, de la Dirección General de Salud Pública y
Ordenación Farmacéutica, por la que nombra al Director del Plan de Genética
de Andalucía.
La Consejería de Salud, en virtud de lo establecido en la Ley 2/1998, de 15 de junio, de
Salud de Andalucía, tiene la competencia de definir las políticas sanitarias, asignar los
recursos y garantizar el derecho a la salud de los ciudadanos en la Comunidad Autónoma
andaluza, todo ello bajo los principios, entre otros, de coordinación de las actuaciones y
de los recursos, mejora de la calidad en los servicios y utilización eficaz y eficiente de los
recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de sus objetivos.
La citada Ley 2/1998, de 15 de junio, en el artículo 33 establece que, de conformidad
con los criterios y pautas que establezca el Plan Andaluz de Salud y teniendo en cuenta
las especificidades de cada territorio, se elaborarán planes de salud específicos por los
órganos correspondientes de cada una de las áreas de salud.
La Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía, tiene por objeto,
entre otros, establecer las funciones y competencias en materia de salud pública, sus
prestaciones y servicios y las líneas para organizar su gobernanza, asegurando el
carácter transversal, participativo e intersectorial de las actuaciones de la Administración
pública y la organización de sus recursos multidisciplinares para obtener eficacia.
El IV Plan Andaluz de Salud establece, entre sus metas, el conseguir mayores
niveles de salud con las acciones contempladas en los planes integrales y las estrategias
de salud priorizadas en el Sistema Sanitario Público de Andalucía y el desarrollar un
modelo de organización inteligente que genere, fomente y comparta el conocimiento y la
innovación y promueva la mejora continua y la calidad de las actuaciones en materia de
protección de la salud.
Los descubrimientos recientes en genética humana han supuesto un cambio drástico
en nuestra comprensión del desarrollo humano y de la causa de muchas enfermedades.
Estos descubrimientos han permitido importantes avances en la práctica clínica. Por ello
se ha puesto en marcha el Plan de Genética de Andalucía, como instrumento que ha de
permitir una atención de calidad a personas y familias residentes en nuestra comunidad.
El desarrollo del Plan de Genética de Andalucía crea y organiza una serie de servicios
de genética para el Sistema Sanitario Público Andaluz con profesionales que trabajan en
red y que se coordinan con otros profesionales que ya aplican los avances en genética a
pacientes y sus familiares.
En definitiva, el Plan de Genética pretende dar una respuesta integral, coordinada,
equitativa, de alta calidad y sostenible a los desafíos que suponen el desarrollo de la
genética humana y sus aplicaciones en el ámbito de la atención sanitaria pública en
Andalucía en los próximos años.
RESU ELVO
Primero. Cesar a doña Salud Borrego López como Directora del Plan de Genética de
Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259391
Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el
artículo 8 a) del Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud,