Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/71-3)
Orden de 8 de abril de 2022, por la que se crea el portal de internet específico para la web informativa del proyecto «Impulso de la Alianza litoral atlántica para el crecimiento azul» (ATLAZUL).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022

página 6109/3

responsables de la formulación de políticas, investigadores, agentes sociales y el público
en general interesado en el campo de la economía azul.
2. La web del proyecto «Impulso de la Alianza litoral atlántica para el crecimiento
azul» (ATLAZUL) se estructura a través de los siguientes apartados: Inicio, sobre Atlazul,
eventos, noticias, resultado, boletines, conciencia azul y área privada.
Quinto. Prescripciones técnicas.
El Portal contendrá información publicada de acuerdo con las prescripciones técnicas
que se establezcan reglamentariamente que deberán adecuarse a los siguientes
principios:
a) Accesibilidad: Se proporcionará información estructurada sobre los documentos
y recursos de información con vistas a facilitar la identificación y búsqueda de la
información. La información y los servicios incluidos en el portal cumplirán los principios
de accesibilidad establecidos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de
los ciudadanos a los servicios públicos, el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre,
sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector
público, en los términos establecidos en los mismos, y en los dictados por la normativa
vigente en esta materia en cada momento.
b) Interoperabilidad: Los contenidos publicados en el portal responderán a los criterios
de interoperabilidad que establezcan los Esquemas Nacionales de Interoperabilidad, en
los términos establecidos por la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de
los ciudadanos a los servicios públicos, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por
medios electrónicos, y en los dictados por la normativa vigente en esta materia en cada
momento.
c) Reutilización: se fomentará que la información sea publicada en formatos que
permita su reutilización, de acuerdo con lo previsto en la Ley 37/2007, de 16 de noviembre,
sobre reutilización de la información del sector público y en su normativa de desarrollo.
d) Seguridad: El portal dispondrá de sistemas que permitan el establecimiento de
medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en Real Decreto 3/2010, de 8
de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la
Administración Electrónica, la Resolución de 13 de octubre de 2016, de la Secretaría de
Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Instrucción Técnica de
Seguridad de conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad, y en su normativa de
desarrollo.
Sevilla, 8 de abril de 2022
ELÍAS BENDODO BENASAYAG

00259398

Consejero de la Presidencia,
Administración Pública e Interior

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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