Autoridades y personal. Universidades. (2022/55-60)
Resolución de 16 de marzo de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca a concurso público contratos para obra o servicio determinado de Personal de Apoyo a la Investigación (Rf.ª: 29/21).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Martes, 22 de marzo de 2022

página 4484/2

- Las bases comunes establecidas en el Anexo I serán de aplicación a todos los
procedimientos convocados por esta resolución, así como por las particularidades
establecidas para cada uno de ellos en el Anexo II.
- De conformidad con lo establecido por la normativa vigente en materia de protección
de datos personales, los facilitados por quienes concurran a la presente convocatoria serán
tratados por la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, e incorporados en el sistema de
tratamiento «Gestión de la Investigación», con la finalidad de gestionar y tramitar el proceso
de selección objeto de la presente convocatoria, finalidad basada en el cumplimiento de una
misión en interés público y en la necesidad de dar cumplimiento a obligaciones legales por
parte de la Universidad (arts. 6.1.e) y c), respectivamente, del Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección
de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE -RGPD-).
- Los listados del personal solicitante serán publicados e incluirán los datos de
carácter personal estrictamente necesarios para su correcta identificación, en los
términos previstos por la normativa vigente.
- Los/as interesados/as pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación,
supresión y portabilidad de los datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así́ como
a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus
datos, cuando procedan y disponen de información adicional sobre el ejercicio de estos y
otros derechos, en relación con sus datos personales, en la siguiente dirección:
https://www.upo.es/rectorado/secretaria-general/proteccion-de-datos/

2. Solicitantes.
Podrán solicitar tomar parte en la presente convocatoria los/las solicitantes que
reúnan los siguientes requisitos:
2.1. a) Ser español/a o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional
de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en
los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea.
b) También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge,
de los/as españoles/as y también de los nacionales de otros Estados miembros de la
Unión Europea, siempre que no se estén separados de derecho, menores de veintiún
años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de
otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la
Comunidad Europea y ratificados por España.
c) Quienes no estando incluidos/as en los apartados anteriores se encuentren
residiendo en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les
habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia,
podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se
encuentren en situación de residencia permanente y quienes se encuentren en situación de
autorización para residir y trabajar, así como los que tengan la condición de refugiados/as.
2.2. Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación.
Estas dos circunstancias deberán estar acreditadas durante todo el periodo de
contratación.
2.3. Estar en posesión de las condiciones académicas o de titulación requeridas en
el Anexo II de esta resolución. Los títulos conseguidos en el extranjero o en Centros
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Las solicitudes serán resueltas en el plazo máximo de tres meses contados a partir
del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Una vez
transcurrido este último plazo sin haberse notificado resolución expresa, los interesados
estarán legitimados/as para entender desestimadas sus solicitudes.