3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/55-78)
Resolución de 15 de marzo de 2022, de la Universidad de Huelva, reguladora de la competencia y procedimiento para la tramitación y resolución de las solicitudes de acceso a la información pública en esta Universidad.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Martes, 22 de marzo de 2022
página 4455/1
3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Resolución de 15 de marzo de 2022, de la Universidad de Huelva, reguladora
de la competencia y procedimiento para la tramitación y resolución de las
solicitudes de acceso a la información pública en esta Universidad.
La Universidad de Huelva ha asumido desde la entrada en vigor de la Ley 19/2013, de
9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y
la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública en Andalucía, en adelante, las
«Leyes de Transparencia», las obligaciones que esta norma establece para todo el sector
público, tanto en el ámbito de la publicidad activa como en el del derecho de acceso a la
información pública.
Para una gestión más eficaz de estas obligaciones y competencias, se considera
oportuno delegar las competencias relativas a la tramitación y resolución de las
solicitudes de acceso a la información pública amparadas en las Leyes de Transparencia
en la persona titular del cargo de Secretario/a General de la Universidad de Huelva. Así,
en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público,
DISPONGO
Primero. Las competencias para la tramitación y resolución de las solicitudes
de acceso a la información pública se residencian en la persona titular del cargo de
Secretario/a General de la Universidad de Huelva.
Segundo. Respecto al procedimiento a seguir, una vez recibida una solicitud de
información pública la Secretaría General procederá a la apertura del expediente,
valorando su admisión, y requerirá del Vicerrectorado, Área, Centro o Servicio competente
por razón de la materia, la remisión de la información solicitada. En el supuesto de que la
información solicitada pudiera afectar a derechos o intereses de terceros, debidamente
identificados, la Secretaría General les concederá un plazo de quince días para que
puedan realizar las alegaciones que estimen oportunas. La persona solicitante deberá
ser informada de esta circunstancia, así como de la suspensión del plazo para dictar
resolución hasta que se hayan recibido las alegaciones o haya transcurrido el plazo para
su presentación. Una vez realizados los trámites anteriores y, en su caso, las alegaciones
de los terceros, la Secretaría General dictará la oportuna resolución que habrá de ser
notificada al interesado.
En todas las resoluciones y actos que se realicen en virtud de la delegación de
competencias reguladas en la presente resolución deberá indicarse expresamente esta
circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.
Las delegaciones que se establecen en la presente resolución podrán ser revocadas
en cualquier momento por el órgano delegante.
Huelva, 15 de marzo de 2022.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00257734
Disposición final. Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Martes, 22 de marzo de 2022
página 4455/1
3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Resolución de 15 de marzo de 2022, de la Universidad de Huelva, reguladora
de la competencia y procedimiento para la tramitación y resolución de las
solicitudes de acceso a la información pública en esta Universidad.
La Universidad de Huelva ha asumido desde la entrada en vigor de la Ley 19/2013, de
9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y
la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública en Andalucía, en adelante, las
«Leyes de Transparencia», las obligaciones que esta norma establece para todo el sector
público, tanto en el ámbito de la publicidad activa como en el del derecho de acceso a la
información pública.
Para una gestión más eficaz de estas obligaciones y competencias, se considera
oportuno delegar las competencias relativas a la tramitación y resolución de las
solicitudes de acceso a la información pública amparadas en las Leyes de Transparencia
en la persona titular del cargo de Secretario/a General de la Universidad de Huelva. Así,
en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público,
DISPONGO
Primero. Las competencias para la tramitación y resolución de las solicitudes
de acceso a la información pública se residencian en la persona titular del cargo de
Secretario/a General de la Universidad de Huelva.
Segundo. Respecto al procedimiento a seguir, una vez recibida una solicitud de
información pública la Secretaría General procederá a la apertura del expediente,
valorando su admisión, y requerirá del Vicerrectorado, Área, Centro o Servicio competente
por razón de la materia, la remisión de la información solicitada. En el supuesto de que la
información solicitada pudiera afectar a derechos o intereses de terceros, debidamente
identificados, la Secretaría General les concederá un plazo de quince días para que
puedan realizar las alegaciones que estimen oportunas. La persona solicitante deberá
ser informada de esta circunstancia, así como de la suspensión del plazo para dictar
resolución hasta que se hayan recibido las alegaciones o haya transcurrido el plazo para
su presentación. Una vez realizados los trámites anteriores y, en su caso, las alegaciones
de los terceros, la Secretaría General dictará la oportuna resolución que habrá de ser
notificada al interesado.
En todas las resoluciones y actos que se realicen en virtud de la delegación de
competencias reguladas en la presente resolución deberá indicarse expresamente esta
circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.
Las delegaciones que se establecen en la presente resolución podrán ser revocadas
en cualquier momento por el órgano delegante.
Huelva, 15 de marzo de 2022.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00257734
Disposición final. Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.