Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2022/55-2)
Resolución de 10 de marzo de 2022, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se convocan para el año 2022 las subvenciones para acciones de asistencia técnica e información en materia de prevención de riesgos laborales y fomento de la Cultura Preventiva, reguladas en la Orden de 14 de febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de formación, asistencia técnica e información en materia de prevención de riesgos laborales y Cultura Preventiva.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Martes, 22 de marzo de 2022
página 4460/5
beneficiarias, de la revocación de la resolución de concesión, o de los sobrantes del
crédito por un número de solicitudes presentadas menor del estimado.
Noveno. Cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera.
Durante el ejercicio presupuestario de 2022, en orden al cumplimiento de la
normativa reguladora y de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera, se autoriza a la Dirección Gerencia del IAPRL para, con cumplimiento de la
normativa reguladora de las subvenciones, dejar sin efecto las convocatorias que no
hayan sido objeto de resolución de concesión, así como para suspender o no realizar
las convocatorias futuras. Todo ello en los términos establecidos en el artículo 29.2
de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2021, prorrogado al ejercicio 2022, conforme al Decreto 286/2021,
de 28 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe
ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el
ejercicio 2022; o, en su caso, en el artículo que le sustituya de la Ley del Presupuesto de
la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2022.
Undécimo. Plazo de presentación de solicitudes.
1. De conformidad con lo establecido en el apartado 11.b) del cuadro resumen, el
plazo de presentación de solicitudes será de veinte días, a contar desde el día siguiente
al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la
convocatoria previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten
fuera del plazo establecido.
2. Dado que de conformidad con el apartado 2.c) del cuadro resumen, cada entidad
puede presentar una única solicitud, en el caso de que se presentara más de una, la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00257746
Décimo. Solicitudes y formularios. Presentación electrónica.
1. Se aprueban para la presente convocatoria los formularios que constan como
anexos, a los que deberán ajustarse las solicitudes presentadas y, en su caso, los trámites
de reformulación y aportación de los documentos citados en el apartado 15.a) del cuadro
resumen, y que se relacionan a continuación:
a) Formulario de solicitud (Anexo I).
b) Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos
(Anexo II).
Los formularios anteriores se podrán obtener en la oficina virtual de la Consejería
de Empleo Formación y Trabajo Autónomo, desde la siguiente dirección electrónica del
Catálogo de Procedimientos y Servicios:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos/detalle/24754/datos-basicos.html
2. Las solicitudes de subvenciones se ajustarán al modelo que figura como Anexo I
e irán dirigidas a la Dirección-Gerencia del IAPRL, conforme a lo dispuesto en el
apartado 10.b) del cuadro resumen.
3. Las solicitudes de subvención y, en su caso, demás documentación, se podrá
presentar en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía,
según lo dispuesto en el apartado 10.c) del cuadro resumen, y también a través la oficina
virtual de la Consejería de Empleo Formación y Trabajo Autónomo, a la que se podrá acceder
desde la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos/detalle/24754/como-solicitar.html
4. Se considerará como fecha de presentación de la solicitud la de su presentación
electrónica en cualquiera de las dos direcciones citadas, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 14.2, en relación con el artículo 68.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Martes, 22 de marzo de 2022
página 4460/5
beneficiarias, de la revocación de la resolución de concesión, o de los sobrantes del
crédito por un número de solicitudes presentadas menor del estimado.
Noveno. Cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera.
Durante el ejercicio presupuestario de 2022, en orden al cumplimiento de la
normativa reguladora y de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera, se autoriza a la Dirección Gerencia del IAPRL para, con cumplimiento de la
normativa reguladora de las subvenciones, dejar sin efecto las convocatorias que no
hayan sido objeto de resolución de concesión, así como para suspender o no realizar
las convocatorias futuras. Todo ello en los términos establecidos en el artículo 29.2
de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2021, prorrogado al ejercicio 2022, conforme al Decreto 286/2021,
de 28 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe
ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el
ejercicio 2022; o, en su caso, en el artículo que le sustituya de la Ley del Presupuesto de
la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2022.
Undécimo. Plazo de presentación de solicitudes.
1. De conformidad con lo establecido en el apartado 11.b) del cuadro resumen, el
plazo de presentación de solicitudes será de veinte días, a contar desde el día siguiente
al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la
convocatoria previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten
fuera del plazo establecido.
2. Dado que de conformidad con el apartado 2.c) del cuadro resumen, cada entidad
puede presentar una única solicitud, en el caso de que se presentara más de una, la
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Décimo. Solicitudes y formularios. Presentación electrónica.
1. Se aprueban para la presente convocatoria los formularios que constan como
anexos, a los que deberán ajustarse las solicitudes presentadas y, en su caso, los trámites
de reformulación y aportación de los documentos citados en el apartado 15.a) del cuadro
resumen, y que se relacionan a continuación:
a) Formulario de solicitud (Anexo I).
b) Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos
(Anexo II).
Los formularios anteriores se podrán obtener en la oficina virtual de la Consejería
de Empleo Formación y Trabajo Autónomo, desde la siguiente dirección electrónica del
Catálogo de Procedimientos y Servicios:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos/detalle/24754/datos-basicos.html
2. Las solicitudes de subvenciones se ajustarán al modelo que figura como Anexo I
e irán dirigidas a la Dirección-Gerencia del IAPRL, conforme a lo dispuesto en el
apartado 10.b) del cuadro resumen.
3. Las solicitudes de subvención y, en su caso, demás documentación, se podrá
presentar en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía,
según lo dispuesto en el apartado 10.c) del cuadro resumen, y también a través la oficina
virtual de la Consejería de Empleo Formación y Trabajo Autónomo, a la que se podrá acceder
desde la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos/detalle/24754/como-solicitar.html
4. Se considerará como fecha de presentación de la solicitud la de su presentación
electrónica en cualquiera de las dos direcciones citadas, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 14.2, en relación con el artículo 68.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.