Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2022/55-5)
Extracto de la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección-Gerencia del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se convocan, para el ejercicio 2022, las subvenciones reguladas en la Orden de 23 de noviembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para proyectos de investigación innovadores en materia de prevención de riesgos laborales.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 55 - Martes, 22 de marzo de 2022
página 4478/2
POSICIÓN
PRESUPUESTARIA
ANUALIDAD 2022
ANUALIDAD 2023
TOTAL
G/31O/441.01
100.000,00 €
100.000,00 €
200.000,00 €
G/31O/483.00
100.000,00 €
100.000,00 €
200.000,00 €
TOTAL
400.000,00 €
Quinto. Objeto.
El objeto de esta convocatoria de subvenciones, según se establece en las bases
reguladoras, es promover proyectos de investigación innovadores que mejoren los
niveles de conocimiento en materia de prevención de riesgos laborales, y fomenten la
transferencia de los resultados de la investigación a la práctica diaria de la prevención de
riegos laborales.
De conformidad con lo previsto en el apartado 2.a) del cuadro resumen, se consideran
prioritarios en la presente convocatoria aquellos proyectos de investigación que versen
sobre aspectos relacionados con los riesgos psicosociales, los riesgos en materia
de trabajos en altura y aquellos relacionados con las enfermedades profesionales,
especialmente con la silicosis, sin que ello suponga exclusión de otras materias.
Sexto. Cuantía de las subvenciones.
Conforme al apartado 5.a) del cuadro resumen, la subvención a conceder a cada
proyecto o actividad no podrá exceder el porcentaje máximo sobre el presupuesto
aceptado, ni las cuantías máximas y mínimas, que se establecen a continuación:
CUANTÍA MÁXIMA
CUANTÍA MÍNIMA
PORCENTAJE
40.000,00 €
20.000,00 €
100%
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días a contar desde el día
siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Octavo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y para presentar alegaciones y efectuar la
reformulación, la aceptación y la presentación de documentos, así como demás datos
necesarios, figuran publicados en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto
con la resolución de la convocatoria, los cuales estarán disponibles para su presentación
a través la oficina virtual de la Consejería de Empleo Formación y Trabajo Autónomo,
a la que se podrá acceder desde la siguiente dirección electrónica del Catálogo de
Procedimientos y Servicios:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos/detalle/24637/como-solicitar.html
00257743
La Presidenta del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, P.D. (Orden
de 23.11.2021, BOJA núm. 229, de 29.11.2021), la Directora-Gerente, Beatriz Barranco
Montes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 55 - Martes, 22 de marzo de 2022
página 4478/2
POSICIÓN
PRESUPUESTARIA
ANUALIDAD 2022
ANUALIDAD 2023
TOTAL
G/31O/441.01
100.000,00 €
100.000,00 €
200.000,00 €
G/31O/483.00
100.000,00 €
100.000,00 €
200.000,00 €
TOTAL
400.000,00 €
Quinto. Objeto.
El objeto de esta convocatoria de subvenciones, según se establece en las bases
reguladoras, es promover proyectos de investigación innovadores que mejoren los
niveles de conocimiento en materia de prevención de riesgos laborales, y fomenten la
transferencia de los resultados de la investigación a la práctica diaria de la prevención de
riegos laborales.
De conformidad con lo previsto en el apartado 2.a) del cuadro resumen, se consideran
prioritarios en la presente convocatoria aquellos proyectos de investigación que versen
sobre aspectos relacionados con los riesgos psicosociales, los riesgos en materia
de trabajos en altura y aquellos relacionados con las enfermedades profesionales,
especialmente con la silicosis, sin que ello suponga exclusión de otras materias.
Sexto. Cuantía de las subvenciones.
Conforme al apartado 5.a) del cuadro resumen, la subvención a conceder a cada
proyecto o actividad no podrá exceder el porcentaje máximo sobre el presupuesto
aceptado, ni las cuantías máximas y mínimas, que se establecen a continuación:
CUANTÍA MÁXIMA
CUANTÍA MÍNIMA
PORCENTAJE
40.000,00 €
20.000,00 €
100%
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días a contar desde el día
siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Octavo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y para presentar alegaciones y efectuar la
reformulación, la aceptación y la presentación de documentos, así como demás datos
necesarios, figuran publicados en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto
con la resolución de la convocatoria, los cuales estarán disponibles para su presentación
a través la oficina virtual de la Consejería de Empleo Formación y Trabajo Autónomo,
a la que se podrá acceder desde la siguiente dirección electrónica del Catálogo de
Procedimientos y Servicios:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos/detalle/24637/como-solicitar.html
00257743
La Presidenta del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, P.D. (Orden
de 23.11.2021, BOJA núm. 229, de 29.11.2021), la Directora-Gerente, Beatriz Barranco
Montes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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