Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2022/55-4)
Extracto de la Resolución de 10 de marzo de 2022, de la Dirección-Gerencia del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se convocan para el año 2022, las subvenciones para acciones de formación en prevención de riesgos laborales que fomenten el impulso de la cultura preventiva, reguladas en la Orden de 14 de febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de formación, asistencia técnica e información en materia de prevención de riesgos laborales y cultura preventiva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Martes, 22 de marzo de 2022

página 4459/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO
Extracto de la Resolución de 10 de marzo de 2022, de la Dirección-Gerencia del
Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se convocan
para el año 2022, las subvenciones para acciones de formación en prevención
de riesgos laborales que fomenten el impulso de la cultura preventiva, reguladas
en la Orden de 14 de febrero de 2022, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva, para proyectos de formación, asistencia técnica e información en
materia de prevención de riesgos laborales y cultura preventiva.
BDNS: 614755
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan para el año 2022, las subvenciones para acciones de formación
en prevención de riesgos laborales que fomenten el impulso de la cultura preventiva,
reguladas en la Orden de 14 de febrero de 2022, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva,
para proyectos de formación, asistencia técnica e información en materia de materia de
prevención de riesgos laborales y cultura preventiva.
2. La solicitud, concesión y aplicación de estas subvenciones se regirán por lo
establecido en la Orden de 14 de febrero de 2022, el cuadro resumen de la línea de
subvención para acciones de formación en prevención de riesgos laborales que fomenten
el impulso de la cultura preventiva. Línea 11.1 del Plan Estratégico de Subvenciones de
la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo 2020-2022, por la presente
convocatoria y demás normativa de aplicación.
Segundo. Objeto.
El objeto de esta convocatoria de subvenciones, es promover la capacitación en
materia de seguridad y salud laboral, tanto de delegados y delegadas de prevención y
representantes legales de las personas trabajadoras, como de personas empresarias, sus
representantes y mandos intermedios, para que redunde en la mejora de las condiciones
de seguridad y salud laboral de la población trabajadora y el tejido empresarial andaluz,
con especial atención a las pequeñas y medianas empresas y los colectivos en situación
de mayor riesgo. No son objeto de esta subvención las acciones de formación dirigidas al
personal al servicio de las administraciones públicas.

Cuarto. Régimen jurídico.
La solicitud, concesión y aplicación de estas subvenciones se regirán, además de por
la presente convocatoria, por lo establecido en las siguientes disposiciones:
a) Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 14 de febrero
de 2022, (BOJA núm. 34, de 18 de febrero de 2022), y su cuadro resumen de las bases
reguladoras de la línea de subvención para acciones de formación en prevención de riesgos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00257738

Tercero. Actividades y proyectos subvencionables.
Solo podrán financiarse en la presente convocatoria el concepto subvencionable previsto
en el apartado 2.a) del referido cuadro resumen de la Orden de 14 de febrero de 2022.