3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2022/40-25)
Resolución de 21 de febrero de 2022, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la bandera del municipio de Ardales (Málaga).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 40 - Martes, 1 de marzo de 2022

página 3154/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA
Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Resolución de 21 de febrero de 2022, de la Dirección General de Administración
Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades
Locales de la bandera del municipio de Ardales (Málaga).
(014/2021/SIM).
De conformidad con la propuesta elaborada por la Jefatura del Servicio de Régimen
Jurídico, la cual se transcribe a continuación:
«El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro
de las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los
símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el
procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las
prescripciones de la mencionada ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Ardales ha
realizado los trámites tendentes a la adopción de su bandera municipal de acuerdo con lo
establecido en el capítulo segundo de la mencionada ley.
Con fecha 11 de noviembre de 2021, el Pleno del Ayuntamiento de Ardales acordó,
con el quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la aprobación definitiva
de la bandera municipal con la siguiente descripción:
Bandera: “Bandera rectangular dividida perpendicularmente en 3 partes iguales. Los
dos extremos a su vez se dividen en 3 franjas, siendo dos de color verde y una blanca del
mismo tamaño.
La parte central es una franja blanca.
En el centro geométrico se inserta una reproducción del escudo heráldico, reducido a
la escala apropiada.
Al escudo, saliendo desde la parte inferior a éste, salen dos ramas para abrigarlo,
haciendo forma de cuna. Una rama es de almendro en flor y otra de olivo.”
Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el día 30 de diciembre
de 2021, se solicitó por esta Entidad Local la inscripción de su bandera municipal en
el Registro Andaluz de Entidades Locales, dando cumplimiento a lo establecido en el
artículo 17, y de conformidad con el artículo 18, ambos de la expresada ley, en base a los
cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no
pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.»

RESU ELV E
Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la
bandera del municipio de Ardales (Málaga), con la descripción indicada y con la imagen
que obra en el expediente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00256420

Esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003,
de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la
que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades
Locales, y en el artículo 14.1.d) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y
Administración Local,