3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2022/38-56)
Resolución de 8 de febrero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba y da publicidad al modelo normalizado de solicitud de título académico no universitario.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 38 - Jueves, 24 de febrero de 2022

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INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA CUMPLIMENTACIÓN DEL PRESENTE FORMULARIO:
1. DATOS DEL ALUMNO/A SOLICITANTE Y/O DE LA PERSONA REPRESENTANTE
Todos los campos del apartado 1 relativos al solicitante son de obligada cumplimentación. Deberá rellenarse sin abreviaturas,
puesto que serán los datos que constarán impresos en el título que se solicita. En caso de que se actúe en representación del
alumno/a solicitante, rellenar los campos a tal efecto.
2. TÍTULO QUE SOLICITA
Será obligatorio cumplimentar todos los apartados.
3. ABONO MODELO 046 DE AUTOLIQUIDACIÓN DE TASAS
Deberá consignarse el código de validación del abono de la tasa modelo 046 y presentar el ejemplar para la Administración del
modelo 046 como justificante del abono de la tasa o en su defecto justificante de estar exento de su abono.
Bonificaciones y exenciones:
1. Exenciones:
Estarán exentos del pago de la tasa los siguientes solicitantes que tengan reconocida su condición, siempre que quede acreditado de
conformidad con la normativa aplicable:
a) El alumnado miembro de familias numerosas de la categoría especial.
b) El alumnado que, como consecuencia de actos terroristas, haya sufrido daños personales que sean de especial trascendencia, o
que lo inhabiliten para el ejercicio de su profesión habitual, o cuyos familiares hasta segundo grado de consanguinidad, tutores o
guardadores, hayan sufrido dichos daños.
c) Las víctimas de violencia de género, doméstica o de ambas.
A estos efectos, tendrán la consideración de víctima de violencia doméstica las personas a que se refiere el artículo 173.2 de la Ley
Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que cuenten con orden de protección en vigor e inscrita en el Registro
Central para la protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica, o con sentencia judicial firme por tal motivo en los últimos diez
años.
d) Las personas con discapacidad, en un grado igual o superior al 33%.
e) Las personas beneficiarias de la prestación del ingreso mínimo vital a quienes se reconozca dicha condición de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, o norma que la sustituya, las
beneficiarias de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, a quienes se reconozca dicha condición de acuerdo con lo
dispuesto en el Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, o
norma que lo sustituya, o las beneficiarias de ambas prestaciones.
f) La expedición de títulos duplicados por causas imputables a la Administración.
g) La expedición de títulos duplicados por rectificación de la mención del sexo en el Registro Civil (Disposición Adicional 2ª de la Ley
3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas).
2. Bonificaciones:
- Tendrá derecho a una bonificación del 50% el alumnado miembro de familias numerosas de la categoría general que tenga
reconocida su condición, siempre que quede acreditado de conformidad con la normativa aplicable.
- Se aplicará una bonificación del 10%, con un mínimo de 3 euros, sobre la tasa por la utilización de medios electrónicos para su
presentación y pago.
4. DERECHO DE OPOSICIÓN
Se cumplimentará únicamente en el caso de que se oponga a la consulta de los datos señalados, en cuyo caso se deberá aportar la
documentación acreditativa correspondiente que se indica.

6. LUGAR, FECHA Y FIRMA
Deberá indicar el lugar y fecha, y firmar el formulario.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

00256106

002797/3

5. DOCUMENTACIÓN
Deberá indicar la documentación que se aporta efectivamente, en el caso de haberse opuesto a la consulta de los datos señalados en
el apartado 4, así como en el caso de haberse acogido a algunas de las bonificaciones o exenciones señaladas en el apartado 3 de
estas instrucciones.
Los campos relativos a los documentos en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones, solo
procederá cumplimentarlos cuando ejerza su derecho a no presentar la documentación referida. En estos casos deberá
cumplimentar toda la información que se le solicita.

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