3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-57)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Vélez-Málaga (Málaga). Ejercicio 2018.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022
página 2415/75
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La entidad local discrepa sobre lo manifestado en el informe en relación con el cálculo erróneo de
de los Coeficientes de Financiación, y lo justifica afirmando que en todos los proyectos de Gastos
con Financiación Afectada el total del gasto coincide con el total del ingreso, razón por la que no se
recoge este dato de forma diferencia en el estado de gastos con Financiación Afectada (GAFA) de
2018, si bien no aporta documentación adicional que justifique dicha afirmación.
Por otro lado, reconoce el error en el cálculo de los dos GAFA que tienen un CF superior al 100%,
indicados en el punto A78 del informe y comunica que dicho error ha sido subsanado en 2021.
ALEGACIÓN Nº 3, AL PUNTO A11 (ALEGACIÓN ADMITIDA PARCIALMENTE)
“20. La entidad fiscalizada no dispone de un inventario actualizado de bienes incluidos en el Patrimonio Municipal del Suelo (PMS), tal y como preceptúa el art. 70.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), lo que ha impedido su verificación y validación (§A11).”
Respecto al inventario de bienes incluidos en el Patrimonio Municipal del Suelo (PMS) [art. 70.2
LOUA] habrá de estarse a lo que corresponda señalar al Área de Secretaría, Patrimonio, Inventario
y Urbanismo.
También se señala por la Cámara de Cuentas:
“A.11 También se incluye en dicho expediente -de la liquidación del presupuesto de 2018- la Cuenta
Anual de bienes y recursos del Patrimonio Municipal del Suelo (PMS), que si bien se encuentra confeccionada no ha sido aprobada por el órgano titular de dicho Registro Público, tal y como requiere
el art. 70 de la LOUA. El saldo a 31 de diciembre de 2017 de esta cuenta era de 20.457.414,84 € y
a finales de 2018, de 20.696.297,00 €.”
Seguidamente se reproduce la cuenta anual de PMS del ejercicio 2019 [última cuenta confeccionada], incorporada a los presupuestos del Ayuntamiento de Vélez Málaga del año 2020.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00255679
Al respecto se indica que esta intervención, en coordinación con el Área de Urbanismo, a efectos
de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 71.3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de
Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), que establece que “Los órganos de control y fiscalización de la Administración titular de los patrimonios públicos de suelo velarán por la correcta gestión de los bienes y recursos que los integran. En tal sentido, la cuenta de liquidación anual de dicho
patrimonio se integrará, de forma separada, en los presupuestos de la Administración Pública titular del mismo”, a la vista de la información facilitada por el Área de Urbanismo en relación con los
bienes integrantes del Patrimonio Municipal del Suelo, elabora, desde el año 2009, la cuenta anual
de liquidación de bienes y recursos del patrimonio municipal de suelo, que se incorpora a los respectivos presupuestos municipales. Además, esta cuenta se incorpora a la liquidación del presupuesto porque los datos que se incluyen en la misma (altas de ingresos, derechos reconocidos netos; bajas de ingresos, obligaciones reconocidas netas) derivan de la liquidación del presupuesto.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022
página 2415/75
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La entidad local discrepa sobre lo manifestado en el informe en relación con el cálculo erróneo de
de los Coeficientes de Financiación, y lo justifica afirmando que en todos los proyectos de Gastos
con Financiación Afectada el total del gasto coincide con el total del ingreso, razón por la que no se
recoge este dato de forma diferencia en el estado de gastos con Financiación Afectada (GAFA) de
2018, si bien no aporta documentación adicional que justifique dicha afirmación.
Por otro lado, reconoce el error en el cálculo de los dos GAFA que tienen un CF superior al 100%,
indicados en el punto A78 del informe y comunica que dicho error ha sido subsanado en 2021.
ALEGACIÓN Nº 3, AL PUNTO A11 (ALEGACIÓN ADMITIDA PARCIALMENTE)
“20. La entidad fiscalizada no dispone de un inventario actualizado de bienes incluidos en el Patrimonio Municipal del Suelo (PMS), tal y como preceptúa el art. 70.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), lo que ha impedido su verificación y validación (§A11).”
Respecto al inventario de bienes incluidos en el Patrimonio Municipal del Suelo (PMS) [art. 70.2
LOUA] habrá de estarse a lo que corresponda señalar al Área de Secretaría, Patrimonio, Inventario
y Urbanismo.
También se señala por la Cámara de Cuentas:
“A.11 También se incluye en dicho expediente -de la liquidación del presupuesto de 2018- la Cuenta
Anual de bienes y recursos del Patrimonio Municipal del Suelo (PMS), que si bien se encuentra confeccionada no ha sido aprobada por el órgano titular de dicho Registro Público, tal y como requiere
el art. 70 de la LOUA. El saldo a 31 de diciembre de 2017 de esta cuenta era de 20.457.414,84 € y
a finales de 2018, de 20.696.297,00 €.”
Seguidamente se reproduce la cuenta anual de PMS del ejercicio 2019 [última cuenta confeccionada], incorporada a los presupuestos del Ayuntamiento de Vélez Málaga del año 2020.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00255679
Al respecto se indica que esta intervención, en coordinación con el Área de Urbanismo, a efectos
de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 71.3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de
Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), que establece que “Los órganos de control y fiscalización de la Administración titular de los patrimonios públicos de suelo velarán por la correcta gestión de los bienes y recursos que los integran. En tal sentido, la cuenta de liquidación anual de dicho
patrimonio se integrará, de forma separada, en los presupuestos de la Administración Pública titular del mismo”, a la vista de la información facilitada por el Área de Urbanismo en relación con los
bienes integrantes del Patrimonio Municipal del Suelo, elabora, desde el año 2009, la cuenta anual
de liquidación de bienes y recursos del patrimonio municipal de suelo, que se incorpora a los respectivos presupuestos municipales. Además, esta cuenta se incorpora a la liquidación del presupuesto porque los datos que se incluyen en la misma (altas de ingresos, derechos reconocidos netos; bajas de ingresos, obligaciones reconocidas netas) derivan de la liquidación del presupuesto.