3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-57)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Vélez-Málaga (Málaga). Ejercicio 2018.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022
página 2415/46
3. Incumplimiento de la regla 28. Coeficiente de financiación, ya que el cálculo del Coeficiente
de Financiación (CF) para cada ejercicio ha de realizarse dividiendo los ingresos presupuestarios27 (reconocidos y pendientes de reconocer) afectados a la realización de un gasto presupuestario, por el importe total del gasto presupuestario28 (realizado y a realizar).
Dado que el Ayuntamiento no indica cuál es la cuantía total del gasto estimado inicialmente
para cada GAFA no es posible conocer el importe total del gasto presupuestario, ni, por
tanto, validar el CF calculado por la Entidad Local, en aquellos casos en los que el CF es del
100%, ante la falta de dicho dato. Resulta llamativo que 371 de los 401 GAFA tengan un
Coeficiente de Financiación (CF) del 100%.
Por otra parte, hay dos GAFA que tienen un CF superior al 100% (del 302,25% y 292,35%),
por lo que su cálculo es erróneo, ya que este porcentaje no puede ser superior 100; de los
28 GAFA restantes, hay 19 en los que el Ayuntamiento ha tomado como CF el resultado de
dividir el total de derechos reconocidos netos entre las previsiones totales de ingresos, 4
en los que se han dividido el total de derechos reconocidos netos entre el total de obligaciones reconocidas netas y hay otros cuatro en los que ha resultado imposible averiguar el
proceso de cálculo seguido.
A79.
Por tanto, un CF mal calculado conduce a unas desviaciones de financiación mal calculadas, hechos que ocasionan que tanto el importe total de las Desviaciones de Financiación del ejercicio
(que intervienen en el cálculo del Resultado Presupuestario) como el total de las Desviaciones de
Financiación Acumuladas (Exceso de Financiación, que interviene en el cálculo del Remanente
de Tesorería) sean erróneos.
El Exceso de Financiación (28.015.303,75 €) representa el 39,65% del Remanente de Tesorería
Total (70.641.071,15 €). En cuanto al Resultado Presupuestario, las desviaciones de financiación
del ejercicio positivas (+15.616.071,07 €) representan el 94,42 % del Resultado Presupuestario
(16.538.248,06 €), y las negativas (-3.615.525, 96 €) el 21,86%, por lo que tienen una importancia
muy significativa en el cálculo del RPA.
7.11. Estabilidad Presupuestaria, regla del gasto y sostenibilidad financiera
Según la Intervención local el perímetro de consolidación a efectos de estabilidad presupuestaria
viene constituido por el Ayuntamiento, OALDIM, EMVIPSA, el Parque Tecnoalimentario Costa del
Sol Axarquía, S.A, EMSSA y la Fundación para el Fomento de la Cultura, la Educación y el Desarrollo de Vélez-Málaga. Las entidades incluidas en el perímetro de consolidación se corresponden con las entidades sectorizadas de acuerdo con el inventario de entes del sector público del
Ministerio.
27 La totalidad de los ingresos presupuestarios incluye todos los derechos reconocidos netos hasta la fecha de cálculo del coeficiente
relativos a ese GAFA, así como los que se prevean obtener desde ese momento hasta la conclusión del gasto.
28
El gasto presupuestario total incluye tanto las obligaciones reconocidas netas hasta la fecha de cálculo del coeficiente relativas a ese
gasto con financiación afectada, como los créditos que se prevean asignar o incorporar hasta la completa realización de la unidad de
gasto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00255679
A80.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022
página 2415/46
3. Incumplimiento de la regla 28. Coeficiente de financiación, ya que el cálculo del Coeficiente
de Financiación (CF) para cada ejercicio ha de realizarse dividiendo los ingresos presupuestarios27 (reconocidos y pendientes de reconocer) afectados a la realización de un gasto presupuestario, por el importe total del gasto presupuestario28 (realizado y a realizar).
Dado que el Ayuntamiento no indica cuál es la cuantía total del gasto estimado inicialmente
para cada GAFA no es posible conocer el importe total del gasto presupuestario, ni, por
tanto, validar el CF calculado por la Entidad Local, en aquellos casos en los que el CF es del
100%, ante la falta de dicho dato. Resulta llamativo que 371 de los 401 GAFA tengan un
Coeficiente de Financiación (CF) del 100%.
Por otra parte, hay dos GAFA que tienen un CF superior al 100% (del 302,25% y 292,35%),
por lo que su cálculo es erróneo, ya que este porcentaje no puede ser superior 100; de los
28 GAFA restantes, hay 19 en los que el Ayuntamiento ha tomado como CF el resultado de
dividir el total de derechos reconocidos netos entre las previsiones totales de ingresos, 4
en los que se han dividido el total de derechos reconocidos netos entre el total de obligaciones reconocidas netas y hay otros cuatro en los que ha resultado imposible averiguar el
proceso de cálculo seguido.
A79.
Por tanto, un CF mal calculado conduce a unas desviaciones de financiación mal calculadas, hechos que ocasionan que tanto el importe total de las Desviaciones de Financiación del ejercicio
(que intervienen en el cálculo del Resultado Presupuestario) como el total de las Desviaciones de
Financiación Acumuladas (Exceso de Financiación, que interviene en el cálculo del Remanente
de Tesorería) sean erróneos.
El Exceso de Financiación (28.015.303,75 €) representa el 39,65% del Remanente de Tesorería
Total (70.641.071,15 €). En cuanto al Resultado Presupuestario, las desviaciones de financiación
del ejercicio positivas (+15.616.071,07 €) representan el 94,42 % del Resultado Presupuestario
(16.538.248,06 €), y las negativas (-3.615.525, 96 €) el 21,86%, por lo que tienen una importancia
muy significativa en el cálculo del RPA.
7.11. Estabilidad Presupuestaria, regla del gasto y sostenibilidad financiera
Según la Intervención local el perímetro de consolidación a efectos de estabilidad presupuestaria
viene constituido por el Ayuntamiento, OALDIM, EMVIPSA, el Parque Tecnoalimentario Costa del
Sol Axarquía, S.A, EMSSA y la Fundación para el Fomento de la Cultura, la Educación y el Desarrollo de Vélez-Málaga. Las entidades incluidas en el perímetro de consolidación se corresponden con las entidades sectorizadas de acuerdo con el inventario de entes del sector público del
Ministerio.
27 La totalidad de los ingresos presupuestarios incluye todos los derechos reconocidos netos hasta la fecha de cálculo del coeficiente
relativos a ese GAFA, así como los que se prevean obtener desde ese momento hasta la conclusión del gasto.
28
El gasto presupuestario total incluye tanto las obligaciones reconocidas netas hasta la fecha de cálculo del coeficiente relativas a ese
gasto con financiación afectada, como los créditos que se prevean asignar o incorporar hasta la completa realización de la unidad de
gasto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00255679
A80.