3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-57)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Vélez-Málaga (Málaga). Ejercicio 2018.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

página 2415/42

fondos deberán ser ingresados en el Tesoro diariamente o en el plazo que establezca el órgano
de recaudación, compatible con criterios de buena gestión.
Así mismo, el art. 197.2 del TRLRHL dispone que las entidades locales pueden autorizar la existencia de cajas de efectivo, para los fondos de las operaciones diarias, las cuales estarán sujetas
a las limitaciones que reglamentariamente se establezcan.
El Ayuntamiento de Vélez-Málaga no tiene normas internas que regulen la existencia de cajas de
efectivo, tampoco regula su gestión y control en las BEP.
Control de la caja municipal: las actas de arqueo de caja y los arqueos de caja
A63.

El 9 de abril de 2018 se produce un cambio en la titularidad del puesto de tesorería, por lo que
se elabora un documento, firmado por la Tesorera saliente, la Tesorera entrante y con el Visto
Bueno del Alcalde, en el que se deja constancia de los saldos de las cuentas bancarias, y que es
acompañado de las correspondientes certificaciones bancarias. En este documento, sin embargo, no se alude al dinero en metálico existente en las cajas municipales en dicha fecha, ni se
da cuenta, por tanto, de su situación a través del correspondiente arqueo de caja.
El 4 de febrero de 2019 la Tesorera remite a la alcaldía una nota interior en la que le comunica
haber tenido conocimiento el 24 de octubre de 2018, a través del Jefe de Servicio de Deportes
del Ayuntamiento, de que en los centros deportivos municipales se llevan a cabo cobros en efectivo, que no se reflejan en el programa de recaudación GTWIN, y sin que existan normas internas
que regulen la existencia de cajas en efectivo.
Propone la eliminación de todas las cajas de efectivo que puedan existir o, en su defecto, mantenerlas siempre que se implanten medidas que garanticen su control. Para ello, sugiere que se
dicten las normas por las que se regule el funcionamiento y desempeño de las cajas de efectivo,
que se dote al Área de Tesorería del personal suficiente para realizar el debido control y que se
adquieran máquinas expendedoras de tickets para evitar en cualquier caso el manejo del dinero
en los centros gestores, así como que tal funcionamiento vaya asociado al programa de recaudación de tesorería.

Los cajeros
El cobro en efectivo de la caja del Teatro es realizado por dos auxiliares administrativos (funcionarios de carrera) y el de la Policía Local, por cualquiera de los 78 funcionarios que ocupan puestos de policía operativo en la RPT. En la medida en que en la RPT de 2018 no se realiza una descripción de las funciones de cada puesto de trabajo, no es posible saber si estos puestos de trabajo tienen atribuidas funciones de recaudación.
Por su parte, el cobro en las instalaciones deportivas municipales es realizado por los monitores
deportivos, por los operarios multifunción (conserje-monitor-socorrista) y por los conserjes de
las instalaciones deportivas. Ninguno de estos puestos, 38 según la RPT, son ocupados por funcionarios.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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00255679

A64.