3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-55)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de determinadas áreas de la Universidad de Huelva. Ejercicio 2018.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

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la formulación y rendición de las cuentas anuales, a la estabilidad presupuestaria, a la contratación, a la gestión de los recursos humanos, las subvenciones propias concedidas y otras transferencias realizadas resulten, en todos los aspectos significativos, conformes con la normativa aplicable.
Una fiscalización requiere la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de auditoría
sobre la legalidad de las operaciones. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del
auditor, incluida la valoración del riesgo de incumplimiento significativo de la legalidad, debido
a fraude o error.

16.

Al efectuar dicha valoración del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno relevante
para garantizar el cumplimiento de la legalidad, con el fin de diseñar los procedimientos que sean
adecuados en función de las circunstancias, y no con la finalidad de expresar una opinión sobre
la eficacia del control interno de la entidad.
17.

La CCA considera que la evidencia de auditoría que se ha obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para emitir una opinión de auditoría de cumplimiento de legalidad con salvedades.

18.

Adicionalmente, como parte de la fiscalización realizada, en el epígrafe 6 se ponen de manifiesto
diversas conclusiones que resultan de otras observaciones y hallazgos pero que no afectan a la
opinión de cumplimiento de legalidad. Un mayor detalle de los resultados de la fiscalización se
incluye en apéndices, dentro del epígrafe 8.

4. FUNDAMENTOS DE LA OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LEGALIDAD CON
SALVEDADES
Sobre el presupuesto y sus modificaciones
El presupuesto de la UHU para el ejercicio 2018 no incorpora la información exigida por el artículo
89.1 TRLAU, en relación con la Fundación Universidad de Huelva (FUHU), íntegramente participada por la UHU (100%). Dicha información es exigible, aun cuando la entidad se encuentre sin
actividad y en proceso de regularización de su situación jurídica ante el Registro de Fundaciones
de Andalucía. Asimismo, no incluye información requerida en el artículo 89.1.a) TRLAU sobre
centros y estructuras del artículo 7 LOU1. (§A.28)

20.

En la tramitación de expedientes de generación de crédito en operaciones no financieras de capítulo 6 financiadas con ingresos financieros de capítulo 9 por importe de 969.855 euros, no se
ha emitido informe que acredite el cumplimiento de las reglas de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera exigibles en virtud del artículo 46.6 TRLGHP, en el que se justifique que
la modificación no supondrá la incursión en déficit presupuestario al final del ejercicio ni la superación del límite de endeudamiento autorizado. (§A.33)

1

00255675

19.

Punto modificado por la alegación presentada.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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