Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2022/33-27)
Resolución de 11 de febrero de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueba la relación de personas aspirantes que superan la fase de oposición, correspondiente a las pruebas selectivas por el sistema de acceso de promoción interna de Enfermero/a, convocada mediante Resolución de 22 de julio de 2021 de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

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en cada una de las dos pruebas en que consiste la fase de oposición. La persona
aspirante que no figure incluida en dichas listas tiene la consideración de no apta.

Cuarto. Presentación del autobaremo.
Aquellas personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición presentarán el
autobaremo de méritos, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del decimoquinto
día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía, al que se anexarán los méritos que acrediten dicho autobaremo
alegado. Durante este plazo la persona aspirante podrá continuar dando de alta los nuevos
méritos en el sistema informático de Currículum digital a través de la VEC, y anexarlos
hasta la finalización del mismo.
Conforme dispone la base 9.2 de las bases generales, la presentación del autobaremo
deberá realizarse con independencia de poseer o no méritos para su baremación,
resultando el cálculo con 0 puntos en caso de no poseer méritos a baremar.
Conforme dispone la base 9.3 de las bases generales, quedaran decaídos en sus
derechos quienes una vez finalizado el plazo de presentación de autobaremo no lo
hubieran presentado.
Por razones de economía, agilidad y eficiencia, los méritos alegados por las personas
aspirantes en el plazo establecido en las bases específicas se encontrarán en alguna de
estos dos estados:
- Mérito alegado y en fase de baremación.
- Mérito alegado y en reserva, al haber alcanzado el candidato la puntuación máxima
contenida en su autobaremo.
Para ello, las personas opositoras deberán proponer en cada apartado dos relaciones
ordenadas de méritos.
La primera relación contendrá aquellos méritos que solicitan sean baremados en
primer lugar por el Tribunal Calificador en el proceso selectivo en el que concursan, hasta
llegar a la máxima puntuación conforme al baremo aplicable en cada convocatoria. Dichos
méritos se encontrarían en la primera fase (Mérito alegado y en fase de baremación).
La segunda relación contendrá de forma ordenada los méritos que solicitan sean
baremados por el Tribunal Calificador en caso de que algún mérito de la 1.ª relación
éste acuerde no baremar por no cumplir con algún requisito exigido en la convocatoria
o por el ejercicio de la discrecionalidad técnica que tiene atribuido. En este supuesto el
Tribunal Calificador, incorporará de oficio a la primera relación cuantos méritos fueran
precisos a efectos de completar la baremación del expediente de la persona candidata
hasta la puntuación máxima contenida en su autobaremo. Los méritos contenidos en esta
segunda relación se encontrarían el estado de mérito alegado y en reserva, pendiente de
baremación en caso de ser necesario. En caso de que la persona candidata no determine
la relación ordenada de los méritos alegados en la forma indicada anteriormente, el
Tribunal Calificador procederá a generar de oficio las dos relaciones a que se refieren
los dos párrafos anteriores: la primera contendrá una relación de méritos alegados por
el candidato en cada apartado y organizada por orden cronológico decreciente hasta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tercero. Inicio de la fase de concurso.
Iniciar, de conformidad con lo establecido en las bases generales 2.3 y 9.3, y en la
resolución de convocatoria, la fase de concurso. Esta consistirá en la valoración por el
Tribunal Calificador correspondiente de los méritos autobaremados y acreditados por las
personas aspirantes conforme al baremo contenido en el Anexo II de la Resolución de 22
de julio de 2021, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir, por la
que se aprueban las Bases Generales de las convocatorias que han de regir los procesos
selectivos de concurso-oposición por el sistema de acceso de promoción interna, para
cubrir plazas vacantes de diversas categorías y especialidades con contrato laboral
indefinido. (BOJA núm. 144, de 28 de julio de 2021).