Disposiciones generales. Consejería de Salud y Familias. (2022/505-7)
Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Málaga, por la que se establecen en la provincia de Málaga los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Extraordinario núm. 5 - Martes, 15 de febrero de 2022

página 2592/3

Segundo. Adoptar las medidas de salud pública generales y las establecidas para
el nivel de alerta sanitaria 1, previstas en la Orden de la Consejería de Salud y Familias
de 17 de diciembre de 2021, por la que se establecen medidas específicas temporales
y excepcionales, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19 en
Andalucía, en relación con los niveles de alerta sanitarias 1 y 2.
Tercero. La adopción de los actuales niveles de alerta sanitaria producirá efectos
desde las 00:00 horas del día 16 de febrero 2022 hasta las 00:00 horas del día 2 de marzo
de 2022, y se acompañará de un seguimiento continuo de la situación epidemiológica
por parte de los Comités Territoriales de Alerta de Salud Pública de Alto Impacto, que
informarán sobre la necesidad de prórroga, ampliación o reducción de las mismas, a
efectos de evaluar el riesgo sanitario y la proporcionalidad de las medidas, pudiendo ser
éstas levantadas o moduladas total o parcialmente por la autoridad sanitaria si así lo
requiriese la evolución de la situación epidemiológica, de conformidad con lo establecido
en la citada Orden de 7 de mayo de 2021 y demás normativa vigente en materia de Salud
Pública.
Cuarto. Dar traslado de esta resolución a la Subdelegación del Gobierno en Málaga,
con el objeto de recabar su cooperación y colaboración, en su caso, a través de los
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, para el control y aplicación de las medidas
adoptadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el
plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnada
directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con
lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Málaga, 15 de febrero de 2022.- El Consejero de Salud y Familias, P.D. (Orden de
7.5.2021, BOJA extraordinario núm. 41, de 7.5.2021, modif. por Orden de 21.7.2021, BOJA
extraordinario núm. 64, de 21.7.2021, y Orden de 8.11.2020, BOJA extraordinario núm. 77,
de 8.11.2020), el Delegado, Carlos Bautista Ojeda.
ANEXO I
DISTRITO SANITARIO MÁLAGA
MUNICIPIOS QUE SE DECLARAN EN EL NIVEL DE ALERTA SANITARIA 1

00255863

Almogía
Málaga
Macharaviaya
Moclinejo
Rincón de la Victoria
Totalán

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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