Disposiciones generales. Consejería de Salud y Familias. (2022/505-5)
Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Huelva, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de la salud pública en andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma, en la provincia de Huelva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 5 - Martes, 15 de febrero de 2022

página 2588/3

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de la Consejería de
Salud y Familias de 7 de mayo de 2021, por la que se establecen los niveles de alerta
sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública
en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma, con los
preceptos legales invocados anteriormente y demás de general y pertinente aplicación,
RESUELVO
Primero. Declarar en los municipios que integran el Distrito Sanitario Huelva Costa,
en los municipios que integran el Distrito Sanitario Condado Campiña y en los municipios
que integran el Área de Gestión Sanitaria Norte de Huelva el nivel de alerta sanitaria 1,
previo informe del Comité Territorial de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto en
Huelva, relacionados en el anexo a la presente resolución.
Segundo. Adoptar las medidas de salud pública generales y las establecidas para
el nivel de alerta sanitaria 1 previstas en la Orden de la Consejería de Salud y Familias
de 17 de diciembre de 2021, por la que se adoptan medidas específicas temporales
y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19 en
Andalucía, en relación con los niveles de alerta sanitaria 1 y 2 (BOJA extraordinario
núm. 92, de 17 de diciembre de 2021).
Tercero. La adopción de los niveles de alerta sanitaria producirá efectos desde las
00:00 horas del día 16 de febrero de 2022 hasta las 00:00 horas del día 2 de marzo de
2022, manteniéndose vigentes mientras la situación epidemiológica no presente cambios
y, en todo caso, durante un mínimo 7 días naturales, todo ello de conformidad con lo
dispuesto en la Orden de 7 de mayo de 2021.
Cuarto. Dar traslado de esta resolución tanto a la Subdelegación del Gobierno en
Huelva como a los Ayuntamientos afectados, con el objeto de recabar su cooperación y
colaboración, en su caso, a través de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y
de la Policía Local, para el control y aplicación de las medidas adoptadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el
plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnada
directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con
lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

00255858

Huelva, 15 de febrero de 2022.- El Consejero de Salud y Familias, P.D. (Orden de 7.5.2021,
BOJA extraordinario núm. 41, de 7.5.2021, y Orden 8.11.2020, BOJA extraordinario
núm. 77, de 8.11.2020), la Delegada, Manuela María Caro López.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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