3. Otras disposiciones. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. (2022/31-23)
Orden de 8 de febrero de 2022, por la que se acuerda la avocación y posterior delegación de competencias en la Dirección General de Política Financiera y Tesorería para la contratación de determinados servicios bancarios de gestión de pagos de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y para la contratación de las cuentas de la Tesorería General de la Junta de Andalucía para la centralización de los fondos y materialización de los pagos de los fondos europeos, FEADER y FEAGA, a licitar en el ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 31 - Martes, 15 de febrero de 2022

página 2220/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FINANCIACIÓN EUROPEA

El artículo 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, determina que las personas titulares de las Consejerías son los órganos de
contratación de las mismas, estando facultadas para celebrar en su nombre los contratos
relativos a los asuntos propios de su Consejería. Por su parte, el artículo 52.1 del texto
refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado
mediante el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, contempla que corresponde a las
personas titulares de las distintas Consejerías aprobar los gastos propios de los servicios
a su cargo.
Los artículos 17 y 18 de la Orden de 20 de noviembre de 2018, de la Consejería
Economía, Hacienda y Administración Pública, por la que se delegan y atribuyen
competencias en órganos directivos de la Consejería y de sus entidades instrumentales,
delegan en la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería las
facultades relativas a la contratación, salvo las delegadas en la persona titular de la
Viceconsejería en el artículo 2, derivadas de la gestión de los créditos previstos en el
Capítulo II de la sección presupuestaria correspondiente a la Consejería; y las facultades
en materia de aprobación del gasto, su compromiso, liquidación y propuesta de pago
previstas en el artículo 52.1 del citado texto refundido, en relación con los créditos
previstos en el Capítulo II de la sección presupuestaria correspondiente a la Consejería.
Estas delegaciones de competencias siguen subsistentes, de acuerdo con lo previsto en
la disposición transitoria tercera del Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea.
Esta Consejería va a iniciar la tramitación de una nueva licitación que comprende por
un lado, la contratación de los servicios bancarios de gestión de pagos de la Tesorería
General de la Junta de Andalucía referentes al Lote 5 de la Licitación desarrollada
durante el año 2021 por la Consejería y que resultó desierto –cuyo contenido se
corresponde con los servicios bancarios de «Pagos a las Corporaciones Locales con
origen en la Participación en los ingresos del Estado o en la participación en Tributos de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, Deuda Comercial y otros»–; y por otro lado, se va
a proceder a la licitación de las cuentas de la Tesorería General de la Junta de Andalucía
para la centralización de los fondos y materialización de los pagos derivados del Fondo
Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER).
Los créditos presupuestarios de estos servicios están previstos en el Capítulo II,
Sección 11.00, Programa 6.1.f) Gestión de la Tesorería, subconcepto 227.09. Material,
suministros y otros, trabajos realizados por otras empresas y profesionales. Otros.
La contratación de estos servicios bancarios está intrínsecamente relacionada con las
funciones de la Tesorería General de la Junta de Andalucía que se desarrollan y ejecutan
en el ámbito de la Dirección General de Política Financiera y Tesorería, lo que aconseja
por circunstancias de índole técnica proceder a avocar las competencias establecidas en
la Orden de 20 de noviembre de 2018, para el desarrollo de este procedimiento concreto
de contratación de servicios bancarios de gestión de pagos de la Tesorería General
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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Orden de 8 de febrero de 2022, por la que se acuerda la avocación y posterior
delegación de competencias en la Dirección General de Política Financiera
y Tesorería para la contratación de determinados servicios bancarios de
gestión de pagos de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y para la
contratación de las cuentas de la Tesorería General de la Junta de Andalucía
para la centralización de los fondos y materialización de los pagos de los fondos
europeos, FEADER y FEAGA, a licitar en el ejercicio 2022.