3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2022/29-22)
Resolución de 20 de enero de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Catorce de Sevilla y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento ordinario 377/2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 29 - Viernes, 11 de febrero de 2022
página 2089/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 20 de enero de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz
de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Catorce de Sevilla y se emplazan
a los terceros interesados en el procedimiento ordinario 377/2021.
Que mediante oficio emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número
Catorce de Sevilla, en el procedimiento ordinario 377/2021 originado por recurso
contencioso-administrativo interpuesto por la entidad City Apartments Andalucía, S.L.,
contra la resolución dictada por la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo,
en fecha 16 de julio de 2021, por la que se denegó la concesión de la subvención dirigida
al mantenimiento del empleo asalariado en empresas afectadas por un expediente de
regulación temporal de empleo tras la declaración del estado de alarma, regulada en el
Decreto Ley 4/2021, de 23 de marzo, recaída en el expediente SC/MTE/34185/2021, se
ordena al Servicio Andaluz de Empleo que proceda a notificar la resolución que acuerde
la remisión del expediente administrativo y a emplazar a cuantos resulten interesados en
el procedimiento para que puedan personarse como demandados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser
remitido en el plazo improrrogable de veinte días, a contar desde que la comunicación
judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido. La entrada se pondrá
en conocimiento del órgano jurisdiccional.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA la resolución por la que se
acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a
cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse
como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a
lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común.
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 11 del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula
la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo (BOJA
número 31, de 14 de febrero de 2019), y el artículo 15.bis) de los Estatutos del Servicio
Andaluz de Empleo, aprobados por Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de
29 abril 2011),
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00255381
Tercero. Al amparo del artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación se
hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado al darse los
presupuestos contemplados en el citado artículo.
BOJA
Número 29 - Viernes, 11 de febrero de 2022
página 2089/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 20 de enero de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz
de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Catorce de Sevilla y se emplazan
a los terceros interesados en el procedimiento ordinario 377/2021.
Que mediante oficio emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número
Catorce de Sevilla, en el procedimiento ordinario 377/2021 originado por recurso
contencioso-administrativo interpuesto por la entidad City Apartments Andalucía, S.L.,
contra la resolución dictada por la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo,
en fecha 16 de julio de 2021, por la que se denegó la concesión de la subvención dirigida
al mantenimiento del empleo asalariado en empresas afectadas por un expediente de
regulación temporal de empleo tras la declaración del estado de alarma, regulada en el
Decreto Ley 4/2021, de 23 de marzo, recaída en el expediente SC/MTE/34185/2021, se
ordena al Servicio Andaluz de Empleo que proceda a notificar la resolución que acuerde
la remisión del expediente administrativo y a emplazar a cuantos resulten interesados en
el procedimiento para que puedan personarse como demandados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser
remitido en el plazo improrrogable de veinte días, a contar desde que la comunicación
judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido. La entrada se pondrá
en conocimiento del órgano jurisdiccional.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA la resolución por la que se
acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a
cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse
como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a
lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común.
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 11 del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula
la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo (BOJA
número 31, de 14 de febrero de 2019), y el artículo 15.bis) de los Estatutos del Servicio
Andaluz de Empleo, aprobados por Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de
29 abril 2011),
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00255381
Tercero. Al amparo del artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación se
hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado al darse los
presupuestos contemplados en el citado artículo.