Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2022/14-32)
Resolución de 13 de enero de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Técnico/a Especialista en Radioterapia dependientes del Servicio Andaluz de Salud, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2018, 2019, 2020 y 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Viernes, 21 de enero de 2022

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Apartado segundo. Formación académica (máximo 6 puntos).
El valor de los méritos incluidos en este apartado se calculará de acuerdo con los
siguientes criterios:
1. Expediente académico correspondiente a la titulación exigida como requisito de
acceso.
Se puntuará, hasta un máximo de 2 puntos, el expediente académico correspondiente
a la titulación que habilita para ejercer la profesión. Se valora de manera proporcional a
la nota media obtenida. Se otorgan 0,04 puntos por cada décima que supere la nota del
aprobado (5), de manera que no se adjudica puntuación al 5 y la puntuación máxima es
de 2 puntos, que corresponde al 10 de nota media.
2. Otras titulaciones distintas a la exigida como requisito de acceso.
2.1. Por haber obtenido Titulación/es Universitaria/s Oficial/es en Ciencias de la
Salud, relacionadas con el programa de materias que rigen las pruebas selectivas y que
guarden una relación directa con las exigencias de los puestos de trabajo propios de la
categoría y en su caso especialidad a la que se concursa: 4 puntos por cada titulación.
2.2. Por haber obtenido otra/s Titulación/es de Formación Profesional de Grado
Superior, diferentes a la exigida como requisito de acceso, relacionadas con el programa
de materias que rigen las pruebas selectivas y que guarden una relación directa con las
exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad a
la que se concursa: 4 puntos por cada titulación.
Apartado tercero. Formación continuada, docencia impartida en actividades de
formación, actividades de difusión del conocimiento e implicación en el desarrollo
organizativo (máximo 54 puntos).
Apartado tercero uno. Formación continuada (máximo 54 puntos).
En el conjunto de actividades formativas de los apartados 1 y 2 se podrá valorar
como como discente hasta un máximo 525 horas anuales (o 52,5 créditos). Si la actividad
formativa se realiza en varios años, las horas se proporcionarán en función del tiempo
que dure la actividad formativa en cada uno de ellos. En caso de que sólo se acredite la
fecha de finalización (o en su defecto fecha de certificación), se entenderá que todas las
horas se han realizado en dicha fecha.
En el conjunto de actividades formativas del apartado 3 se podrá valorar como como
discente hasta un máximo 450 horas anuales (o 45 créditos). Si la actividad formativa
se realiza en varios años, las horas se proporcionarán en función del tiempo que dure
la actividad formativa en cada uno de ellos. En caso de que sólo se acredite la fecha de
finalización (o en su defecto fecha de certificación), se entenderá que todas las horas se
han realizado en dicha fecha.
1. Por la asistencia, debidamente justificada, a actividades formativas acreditadas
por alguno de los órganos acreditadores que integran el sistema de acreditación de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Oficial, o en puesto que tenga la consideración de alto cargo, si se concursa para la
categoría y especialidad desde la que se accedió a dicha situación: 0,25 puntos.
C) Servicios prestados en proyectos o programas de cooperación internacional
(máximo 7,2 puntos).
1. En proyectos o programas de cooperación internacional del Gobierno de España, de
las Comunidades Autónomas o de la Unión Europea. con plaza o puesto base en centros
e instituciones con gestión y provisión pública que participa en programas de carácter
asistencial, prestando servicios propios de la en la misma categoría y especialidad a la
que se concursa, en virtud de convenios o acuerdos de asistencia sanitaria organizados
o autorizados por la Administración Pública: 0,30 puntos mes.
2. En proyectos o programas de cooperación internacional cuando se trate de personal
que participa como cooperante en el campo sanitario mediante relación contractual en la
misma categoría y especialidad a la que se concursa, como voluntario o cooperante: 0,10
puntos.