Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2022/14-26)
Resolución de 13 de enero de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Técnico/a Especialista en Radioterapia dependientes del Servicio Andaluz de Salud y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2018, 2019, 2020 y 2021.
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Número 14 - Viernes, 21 de enero de 2022
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Apartado tercero dos. Actividades docentes impartidas (máximo 4 puntos).
1. Docencia impartida como tutor/a laboral.
Por Actividades prestadas como tutor/a laboral de prácticas, en Centros Sanitarios
del Sistema Nacional de Salud, Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las
Comunidades y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos de prácticas en virtud
de un Convenio o Acuerdo de Colaboración para la realización de prácticas académicas
externas del alumnado de titulaciones sanitarias dirigidas a centros docentes públicos o
concertados no universitarios dependientes de la Consejería de Educación que imparten
ciclos formativos de grado medio y grado superior de la familia profesional:
- Por cada año con nombramiento al efecto para alumnos de ciclos formativos de
grado medio y grado superior de la familia profesional directamente relacionada con la
categoría/especialidad a la que se concursa: 0,30 puntos.
2. Docencia impartida en actividades de formacion continuada.
Docencia en cursos de formación continuada, que guarde una relación directa con
las exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad
a la que se concursa, que hayan sido organizados e impartidos por los siguientes
organismos o entidades:
a) Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas,
Ministerio competente en materia de Sanidad, Escuelas de Salud Pública y otras
Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la
formación continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los
organismos citados.
b) Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas e
Institutos de Administración Pública adscritos a los organismos citados, Consejería o
Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo o Servicio
de Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público a ellas
adscritos.
c) Por Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones
acreditadas para la formación dentro de los Planes de Formación de la Administración
Pública,
d) Por Corporaciones Profesionales o Sociedades Científicas Sanitarias de ámbito
estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el ámbito específico
de las profesiones sanitarias o de las Especialidades legalmente reconocidas por el
Ministerio competente en la materia e incluidas en el Consejo General de Especialidades
y representativas de las mismas.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando el siguiente
criterio:
- Por cada hora y hasta un máximo de 0,30 puntos por actividad, 0,025 puntos.
Apartado tercero tres. Implicación en el desarrollo organizativo (máximo 1 punto)
Participación en las Comisiones Clínicas, de Docencia, de Formación Continuada
y Comisiones Técnicas o Asesoras constituidas en los centros sanitarios públicos o en
los servicios centrales u órganos equivalentes de los Servicios de Salud, Consejerías/
Ministerios competentes en materia de Sanidad, u Organismos Internacionales Públicos
o intergubernamentales que gestionan políticas de acción sanitaria, formalmente
constituidas y certificadas por la dirección del Centro: 0,15 puntos/año.
Solo podrán valorarse aquellas comisiones o comités formalmente constituidas
y aprobadas por el órgano de dirección competente de acuerdo con la normativa
de aplicación cuando se trate de Comisiones o Comités Centrales cuyo ámbito de
actuación sea el conjunto del centro directivo que certifique y cuyo campo de actividad se
corresponda con alguno de los siguientes:
A) Dietética y Nutrición.
B) Docencia.
C) Ética asistencial.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253807
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 532/9
Apartado tercero dos. Actividades docentes impartidas (máximo 4 puntos).
1. Docencia impartida como tutor/a laboral.
Por Actividades prestadas como tutor/a laboral de prácticas, en Centros Sanitarios
del Sistema Nacional de Salud, Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las
Comunidades y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos de prácticas en virtud
de un Convenio o Acuerdo de Colaboración para la realización de prácticas académicas
externas del alumnado de titulaciones sanitarias dirigidas a centros docentes públicos o
concertados no universitarios dependientes de la Consejería de Educación que imparten
ciclos formativos de grado medio y grado superior de la familia profesional:
- Por cada año con nombramiento al efecto para alumnos de ciclos formativos de
grado medio y grado superior de la familia profesional directamente relacionada con la
categoría/especialidad a la que se concursa: 0,30 puntos.
2. Docencia impartida en actividades de formacion continuada.
Docencia en cursos de formación continuada, que guarde una relación directa con
las exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad
a la que se concursa, que hayan sido organizados e impartidos por los siguientes
organismos o entidades:
a) Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas,
Ministerio competente en materia de Sanidad, Escuelas de Salud Pública y otras
Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la
formación continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los
organismos citados.
b) Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas e
Institutos de Administración Pública adscritos a los organismos citados, Consejería o
Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo o Servicio
de Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público a ellas
adscritos.
c) Por Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones
acreditadas para la formación dentro de los Planes de Formación de la Administración
Pública,
d) Por Corporaciones Profesionales o Sociedades Científicas Sanitarias de ámbito
estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el ámbito específico
de las profesiones sanitarias o de las Especialidades legalmente reconocidas por el
Ministerio competente en la materia e incluidas en el Consejo General de Especialidades
y representativas de las mismas.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando el siguiente
criterio:
- Por cada hora y hasta un máximo de 0,30 puntos por actividad, 0,025 puntos.
Apartado tercero tres. Implicación en el desarrollo organizativo (máximo 1 punto)
Participación en las Comisiones Clínicas, de Docencia, de Formación Continuada
y Comisiones Técnicas o Asesoras constituidas en los centros sanitarios públicos o en
los servicios centrales u órganos equivalentes de los Servicios de Salud, Consejerías/
Ministerios competentes en materia de Sanidad, u Organismos Internacionales Públicos
o intergubernamentales que gestionan políticas de acción sanitaria, formalmente
constituidas y certificadas por la dirección del Centro: 0,15 puntos/año.
Solo podrán valorarse aquellas comisiones o comités formalmente constituidas
y aprobadas por el órgano de dirección competente de acuerdo con la normativa
de aplicación cuando se trate de Comisiones o Comités Centrales cuyo ámbito de
actuación sea el conjunto del centro directivo que certifique y cuyo campo de actividad se
corresponda con alguno de los siguientes:
A) Dietética y Nutrición.
B) Docencia.
C) Ética asistencial.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253807
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía