5. Anuncios. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/14-67)
Resolución de 11 de noviembre de 2021, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz, por la que se concede declaración en concreto de utilidad pública de la instalación eléctrica que se cita. (PP. 3364/2021).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Viernes, 21 de enero de 2022
página 18142/3
1.ª Esta declaración se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones
necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias
atribuidas a esta Delegación.
2.ª La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento
en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
3.ª En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la
anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil
que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
4.ª El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento
de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, Organismos,
empresas de servicio público o interés general, los cuales han sido trasladados al titular
de la instalación, habiendo sido aceptadas por el mismo.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recuso de alzada ante la persona titular de Consejería de Hacienda y
Financiación Europea en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente
al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
00250327
Cádiz, 11 de noviembre de 2021.- La Delegada del Gobierno, Ana Mestre García.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Viernes, 21 de enero de 2022
página 18142/3
1.ª Esta declaración se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones
necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias
atribuidas a esta Delegación.
2.ª La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento
en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
3.ª En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la
anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil
que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
4.ª El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento
de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, Organismos,
empresas de servicio público o interés general, los cuales han sido trasladados al titular
de la instalación, habiendo sido aceptadas por el mismo.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recuso de alzada ante la persona titular de Consejería de Hacienda y
Financiación Europea en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente
al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
00250327
Cádiz, 11 de noviembre de 2021.- La Delegada del Gobierno, Ana Mestre García.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja