3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/13-37)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, de desistimiento de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual, convocadas por Orden de 29 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020) y reguladas por Orden de 8 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Jueves, 20 de enero de 2022
página 461/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURAS
Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, de desistimiento de ayudas
para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los
alquileres de la vivienda habitual, convocadas por Orden de 29 de junio de 2020
(BOJA extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020) y reguladas por Orden de 8
de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020).
Vistos los siguientes
HECHOS
Primero. La Orden de 8 de junio de 2020, de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio, BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio
de 2020, aprueba las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de
concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social
del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual (en adelante BBRR).

Tercero. Examinadas las solicitudes presentadas en esta Delegación Territorial y, en
su caso, analizada la documentación aportada por las personas solicitantes y realizadas
las verificaciones oportunas, se comprueba que alguna de ellas no cumplen los requisitos
necesarios para acceder a la ayuda, no habiendo constancia en otros casos de la
presentación del formulario del Anexo II, ni de la documentación que debe acompañarlo.
Por lo que de acuerdo con los artículos 68, 69 y 72 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253744

Segundo. En el BOJA, Boletín extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020, se ha
publicado la Orden de 29 de junio de 2020, por la que se convocan para el ejercicio
2020, ayudas, en concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto
económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual. El dispositivo
noveno de la misma determina:
Las notificaciones de las resoluciones de estas ayudas, y el resto de las que deban
cursarse, se practicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la página web
de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio accediendo al
enlace:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/2/CFIOT/21205/.html
Además, se dará aviso a las personas interesadas, al número de teléfono o dirección de
correo electrónico que hayan incluido en su solicitud.
Podrán agruparse en una única publicación distintos expedientes, cuando se trate de
la notificación de idénticos actos administrativos, incluyéndose en una relación anexa los
datos relativos a cada beneficiario y a las correspondientes ayudas.
Por su parte, el art. 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP) establece
que los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan
las normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de
interés público apreciadas por el órgano competente. Asimismo, en los supuestos de
publicaciones de actos que contengan elementos comunes, podrán publicarse de forma
conjunta los aspectos coincidentes, especificándose solamente los aspectos individuales
de cada acto.