Autoridades y personal. Universidades. (2022/11-10)
Resolución de 13 de enero de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se establecen para el año 2022 las bases reguladoras y el calendario de publicación de concursos públicos para la contratación de personal investigador y técnico adscrito a Contratos de Transferencia de Investigación (art. 83 LOU).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Martes, 18 de enero de 2022
página 381/2
3. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección será el concurso de méritos, a través de la valoración
de los requisitos generales, expediente académico y currículum, y los específicos
detallados en el anexo correspondiente.
4. Requisitos de los solicitantes.
Relativos a la nacionalidad.
No se exigen requisitos específicos en cuanto a nacionalidad o residencia de los
solicitantes para la participación en los concursos. No obstante, la contratación de
investigadores o técnicos extranjeros no comunitarios, la cual se formalizará a los solos
efectos de realización de tareas de investigación o técnicas propias del «Contrato de
Transferencia», sólo se perfeccionará cuando obtengan el permiso que les autorice para
trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero sobre
derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y disposiciones
reglamentarias de aplicación.
Titulación.
Podrán solicitar estos contratos quienes ostenten las condiciones académicas o de
titulación requeridas en los anexos de cada convocatoria.
En el caso de solicitantes con títulos extranjeros no homologados que hayan sido
expedidos en países fuera de la Unión Europea y a efectos de su admisión en el concurso
estos deberán estar traducidos al español o inglés. La denominación del título extranjero
deberá coincidir con el exigido en el anexo de la convocatoria. En el supuesto de que no
exista coincidencia en la denominación del título, pero se trate de una titulación oficial de
igual nivel académico, la comisión evaluadora determinará mediante informe motivado
la adecuación de la titulación del solicitante para el desempeño las tareas objeto del
contrato.
6. Cuantía y dedicación del contrato.
La cuantía y dedicación de los contratos será la especificada en cada uno de los
anexos. El contrato implicará además el alta en el Régimen General de la Seguridad
Social. Las cuantías contempladas en los distintos anexos podrán sufrir las variaciones
que establezcan las normas que les sean de aplicación o por causas sobrevenidas no
previstas inicialmente.
Para los contratos a tiempo completo, en función de la titulación académica del
contrato ofertado, se establecen las siguientes cuantías mínimas mensuales computadas
en 12 mensualidades anuales, en las que se incluye prorrateada mensualmente la parte
proporcional de pagas extraordinarias. A estas cantidades se adicionará la indemnización
que corresponda para los contratos de obra o servicio determinado a la finalización del
contrato que se prorrateará mensualmente:
Doctorado: 1.800 euros/mes.
Grado, Licenciatura, Ingeniería: 1.482 euros/mes.
F.P. Grado Superior/Estudiantes Grado: 1.350 euros/mes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253642
5. Modalidad del contrato y régimen de incompatibilidades.
Los contratos serán para la realización de un proyecto de investigación específico,
bajo cualquiera de las modalidades contractuales previstas en la legislación laboral
vigente que resulten adecuadas al objeto del mismo.
El disfrute de un contrato queda sometido en cuanto a su régimen de incompatibilidades,
a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas.
La concesión del contrato no implica por parte de la Universidad de Granada ningún
compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a su plantilla.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Martes, 18 de enero de 2022
página 381/2
3. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección será el concurso de méritos, a través de la valoración
de los requisitos generales, expediente académico y currículum, y los específicos
detallados en el anexo correspondiente.
4. Requisitos de los solicitantes.
Relativos a la nacionalidad.
No se exigen requisitos específicos en cuanto a nacionalidad o residencia de los
solicitantes para la participación en los concursos. No obstante, la contratación de
investigadores o técnicos extranjeros no comunitarios, la cual se formalizará a los solos
efectos de realización de tareas de investigación o técnicas propias del «Contrato de
Transferencia», sólo se perfeccionará cuando obtengan el permiso que les autorice para
trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero sobre
derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y disposiciones
reglamentarias de aplicación.
Titulación.
Podrán solicitar estos contratos quienes ostenten las condiciones académicas o de
titulación requeridas en los anexos de cada convocatoria.
En el caso de solicitantes con títulos extranjeros no homologados que hayan sido
expedidos en países fuera de la Unión Europea y a efectos de su admisión en el concurso
estos deberán estar traducidos al español o inglés. La denominación del título extranjero
deberá coincidir con el exigido en el anexo de la convocatoria. En el supuesto de que no
exista coincidencia en la denominación del título, pero se trate de una titulación oficial de
igual nivel académico, la comisión evaluadora determinará mediante informe motivado
la adecuación de la titulación del solicitante para el desempeño las tareas objeto del
contrato.
6. Cuantía y dedicación del contrato.
La cuantía y dedicación de los contratos será la especificada en cada uno de los
anexos. El contrato implicará además el alta en el Régimen General de la Seguridad
Social. Las cuantías contempladas en los distintos anexos podrán sufrir las variaciones
que establezcan las normas que les sean de aplicación o por causas sobrevenidas no
previstas inicialmente.
Para los contratos a tiempo completo, en función de la titulación académica del
contrato ofertado, se establecen las siguientes cuantías mínimas mensuales computadas
en 12 mensualidades anuales, en las que se incluye prorrateada mensualmente la parte
proporcional de pagas extraordinarias. A estas cantidades se adicionará la indemnización
que corresponda para los contratos de obra o servicio determinado a la finalización del
contrato que se prorrateará mensualmente:
Doctorado: 1.800 euros/mes.
Grado, Licenciatura, Ingeniería: 1.482 euros/mes.
F.P. Grado Superior/Estudiantes Grado: 1.350 euros/mes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253642
5. Modalidad del contrato y régimen de incompatibilidades.
Los contratos serán para la realización de un proyecto de investigación específico,
bajo cualquiera de las modalidades contractuales previstas en la legislación laboral
vigente que resulten adecuadas al objeto del mismo.
El disfrute de un contrato queda sometido en cuanto a su régimen de incompatibilidades,
a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas.
La concesión del contrato no implica por parte de la Universidad de Granada ningún
compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a su plantilla.