Autoridades y personal. Universidades. (2022/11-9)
Resolución de 13 de enero de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se establecen para el año 2022 las bases reguladoras y el calendario de publicación de concursos públicos para la contratación de personal investigador y técnico adscrito a Proyectos, Grupos y Convenios de investigación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Martes, 18 de enero de 2022

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órganos, Administraciones o proveedores, por medios electrónicos, la información sobre
circunstancias de las solicitudes que, de acuerdo con la convocatoria y la normativa
aplicable, sean pertinentes para la instrucción del procedimiento.
La presentación en el concurso implica la declaración de que los documentos y
méritos aportados son ciertos, pudiendo la Universidad de Granada solicitar en cualquier
momento previo o posterior a la evaluación de las solicitudes la aportación de la
documentación original acreditativa. La no aportación de la documentación requerida o la
comprobación de la existencia de falsedades en la documentación o méritos aportados,
facultará a la Universidad de Granada para iniciar las acciones legales que considere
oportunas contra la persona solicitante y en su caso la rescisión del contrato en el
supuesto de que le hubiera sido adjudicado.
11. Revisión y subsanación de solicitudes.
La Oficina de Proyectos e Investigación será la unidad encargada de la revisión
administrativa de las solicitudes presentadas. En la web del Vicerrectorado de
Investigación y Transferencia se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos,
concediéndose un plazo de cinco días hábiles desde dicha publicación para que los
interesados subsanen los defectos, aporten la documentación requerida o presenten las
alegaciones que estimen pertinentes. Los solicitantes que no aporten la documentación
requerida o subsanen los defectos se considerarán desistidos de su solicitud.
Posteriormente se publicará en la web del Vicerrectorado de Investigación y
Transferencia de la UGR la lista definitiva de admitidos y excluidos, remitiéndose los
expedientes a las Comisiones de Valoración para la resolución de los concursos.
12. Comisiones evaluadoras de las solicitudes.
Cada anexo de la convocatoria hará pública la Comisión Evaluadora, que estará
constituida por 3 personas expertas en el área correspondiente y de titulación igual o
superior a la plaza convocada, a propuesta de la persona responsable del Proyecto,
Grupo, Contrato o Convenio.
En la constitución de las Comisiones Evaluadoras deberá respetarse el principio de
presencia equilibrada de mujeres y hombres.
13. Valoración de las solicitudes
En los contratos dirigidos a graduados universitarios o equivalente, la Comisión
valorará como criterio de carácter general el expediente académico con un 40% de la
calificación total (40 puntos sobre 100). En el caso de contratos ofertados a Doctores o
sin titulación universitaria no será obligatoria la valoración de este criterio.
Los criterios específicos de valoración de los contratos ofertados se recogerán en
cada uno de los anexos y podrán referirse a alguno de los siguientes parámetros:

La ponderación de cada uno de estos 3 criterios de valoración deberá constar en el
acta de las sesiones que celebren las comisiones de valoración. Finalizada la valoración
de solicitudes, el investigador responsable del contrato ofertado remitirá tanto el acta de
las sesiones celebradas como la valoración detallada de los solicitantes por los medios
electrónicos que establezca el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.
Las comisiones evaluadoras podrán optar por no valorar aquellos méritos indicados
en el currículum que carezcan de justificación documental, cuando no les conste la
veracidad de las mismas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253652

- Experiencia académica o profesional previa relacionada con las funciones objeto del
contrato.
- Formación específica relacionada con los requisitos del contrato ofertado.
- Otros méritos específicamente relacionados con el objeto del contrato ofertado, que
podrán incluir entrevistas con las personas candidatas.