Autoridades y personal. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2022/11-7)
Resolución de 12 de enero de 2022, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se anuncia convocatoria externa definitiva para la cobertura de veintiséis puestos de teleasistentes para la jefatura de teleasistencia en Málaga de la agencia de servicios sociales y dependencia de Andalucía.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Martes, 18 de enero de 2022

página 394/4

Octava. Conformación de bolsa de empleo.
Una vez resuelta la adjudicación de los veintiséis puestos definitivos, se conformará
una bolsa de empleo con el resto de personas admitidas en el proceso selectivo que no
hayan sido seleccionadas, hasta un número máximo de 500 integrantes, según orden
de prelación de la lista definitiva de personas seleccionadas para los puestos definitivos
ofertados con puntuaciones revisadas.
Para la conformación de esta bolsa, se reservará un cupo de puestos de un 10%
para ser cubiertos entre personas con discapacidad que tengan acreditado un grado
de discapacidad igual o superior a un 33%, reservando dentro del mismo un porcentaje
específico del 2% para personas con discapacidad intelectual y un 1% para personas
con enfermedad mental, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su
discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas.
La Agencia podrá requerir a las personas que integran la bolsa, mediante originales
o copias realizadas en virtud del artículo 27 de la Ley 39/2015 de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todos los requisitos y méritos
alegados, en los plazos que se establezcan para ello. De no presentarse la documentación
requerida en tiempo y forma o de comprobarse falsedad, las personas serán excluidas
del proceso, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido.
De igual manera la Agencia, únicamente para la conformación de esta bolsa de
empleo, otorgará de oficio el doble de puntuación en la experiencia laboral baremada en
la presente convocatoria a las personas que hayan prestado servicio en Teleasistencia,
las Comunidades Terapéuticas y el servicio PEPSA durante el periodo del estado de
alarma comprendido entre el 14 de marzo y el 21 de junio de 2020.
Todo lo anterior, según la “Medida acordada por la Dirección Gerencia de la Agencia
sobre la baremación que afecta a las personas que hayan prestado servicio en la Agencia
durante el periodo de vigencia del estado de alarma decretado por la crisis sanitaria del
COVID-19 de 23 de abril de 2020”. Esta actuación de oficio por parte de la Agencia podría
suponer una baremación final superior a la autobaremación total inicial presentada por la
candidatura.
8.1 Lista provisional de conformación de bolsa de empleo
Publicada la lista definitiva de personas seleccionadas, se iniciará la revisión por
parte de la Agencia de los méritos aportados por las personas candidatas admitidas
que no hayan sido seleccionadas, aplicando en el apartado de «experiencia», la medida
aprobada por Dirección Gerencia de la Agencia sobre la doble puntuación que se le
otorga a las personas que han trabajado durante el periodo de vigencia del estado de
alarma decretado por la crisis sanitaria del COVID-19 de 23 de abril de 2020.
Una vez concluido lo anterior, se publicará el listado provisional de personas que
conformarán la bolsa de empleo por orden de puntuación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253660

Séptima. Nombramiento.
La Agencia podrá requerir a las personas seleccionadas, mediante originales o copias
realizadas en virtud del artículo 27 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, todos los requisitos y méritos alegados, en los
plazos que se establezcan para ello. De no presentarse la documentación requerida en
tiempo y forma o de comprobarse falsedad, las personas serán excluidas del proceso, sin
perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido.
La Dirección Gerencia de la Agencia dictará resolución, por la que se acordará el
nombramiento de las personas seleccionadas.
En el supuesto de que alguna de las personas seleccionadas para ocupar los puestos
ofertados en la presente convocatoria con carácter indefinido renunciara a los mismos, la
nueva adjudicación se efectuaría según el orden de prelación de las personas candidatas
admitidas con puntuaciones revisadas por la Agencia.