3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2022/11-16)
Orden de 15 de septiembre de 2021, por la que se concede autorización para impartir enseñanzas de formación profesional en la modalidad a distancia al centro docente privado Fundación Albor Cádiz, de Jerez de la Frontera (Cádiz). (PP. 2824/2021).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Martes, 18 de enero de 2022
página 15449/2
1349. Técnicas de radiología simple.
1350. Técnicas de radiología especial.
1351. Técnicas de tomografía computarizada y ecografía
1352. Técnicas de imagen por resonancia magnética.
1353. Técnicas de imagen en medicina nuclear.
1354. Técnicas de radiofarmacia.
1355. Proyecto de imagen para el diagnóstico y medicina nuclear.
1356. Formación y orientación laboral.
1357. Empresa e iniciativa emprendedora.
Horas de libre configuración.
La autorización de estas enseñanzas se hace extensiva al módulo profesional de
Formación en centros de trabajo (30 puestos escolares). El alumnado deberá cursar este
módulo profesional de manera presencial. El seguimiento de la Formación en centros de
trabajo se realizará por medios telemáticos o mediante visitas presenciales a los centros
de trabajo en el horario y turno que se haya establecido para el alumno o alumna en su
programa formativo.
Asimismo, y en base a lo establecido en el Anexo VI de la Orden 26 de octubre de
2015, por el que se desarrolla el currículo correspondiente al título de Técnico Superior
en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear y teniendo en cuenta la propuesta
didáctica del centro respecto a las sesiones presenciales de obligado cumplimiento,
deberá impartir los siguientes módulos profesionales respetando la planificación de horas
presenciales propuesta:
1349. Técnicas de radiología simple (121 horas).
1350. Técnicas de radiología especial (30 horas).
1351. Técnicas de tomografía computarizada y ecografía (33 horas).
1352. Técnicas de imagen por resonancia magnética (38 horas).
1353. Técnicas de imagen en medicina nuclear (33 horas).
1354. Técnicas de radiofarmacia (25 horas).
Segundo. Las enseñanzas autorizadas se impartirán según el calendario escolar
aprobado para las enseñanzas de Formación Profesional, por Resolución de la persona
titular de la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de educación
en Cádiz, según lo establecido en los artículos 3 y 4 del Decreto 301/2009, de 14 de
julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros docentes, a
excepción de los universitarios.
Cuarto. En virtud de la disposición adicional tercera de la Orden de 21 de junio
de 2012, la autorización para impartir enseñanzas a distancia se aplicará de forma
progresiva, de modo que el primer año de implantación sólo se aplicará a los módulos
profesionales que componen el primer curso de la correspondiente modalidad presencial
y en el curso siguiente, a los módulos profesionales del segundo curso.
Antes de la implantación de los módulos profesionales del segundo curso, la
titularidad del centro queda obligada a enviar a la Delegación Territorial de la Consejería
competente en materia de educación en Cádiz el plan docente con las programaciones,
la organización de las sesiones y pruebas presenciales de los módulos profesionales de
este curso, así como la relación de profesorado que impartirá docencia, con indicación
de sus respectivas titulaciones y la documentación acreditativa de poseer la formación
técnica y metodológica necesaria para impartir docencia en la modalidad a distancia,
comunicando a la Delegación Territorial competente cualquier modificación que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253639
Tercero. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso académico
2022/2023.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Martes, 18 de enero de 2022
página 15449/2
1349. Técnicas de radiología simple.
1350. Técnicas de radiología especial.
1351. Técnicas de tomografía computarizada y ecografía
1352. Técnicas de imagen por resonancia magnética.
1353. Técnicas de imagen en medicina nuclear.
1354. Técnicas de radiofarmacia.
1355. Proyecto de imagen para el diagnóstico y medicina nuclear.
1356. Formación y orientación laboral.
1357. Empresa e iniciativa emprendedora.
Horas de libre configuración.
La autorización de estas enseñanzas se hace extensiva al módulo profesional de
Formación en centros de trabajo (30 puestos escolares). El alumnado deberá cursar este
módulo profesional de manera presencial. El seguimiento de la Formación en centros de
trabajo se realizará por medios telemáticos o mediante visitas presenciales a los centros
de trabajo en el horario y turno que se haya establecido para el alumno o alumna en su
programa formativo.
Asimismo, y en base a lo establecido en el Anexo VI de la Orden 26 de octubre de
2015, por el que se desarrolla el currículo correspondiente al título de Técnico Superior
en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear y teniendo en cuenta la propuesta
didáctica del centro respecto a las sesiones presenciales de obligado cumplimiento,
deberá impartir los siguientes módulos profesionales respetando la planificación de horas
presenciales propuesta:
1349. Técnicas de radiología simple (121 horas).
1350. Técnicas de radiología especial (30 horas).
1351. Técnicas de tomografía computarizada y ecografía (33 horas).
1352. Técnicas de imagen por resonancia magnética (38 horas).
1353. Técnicas de imagen en medicina nuclear (33 horas).
1354. Técnicas de radiofarmacia (25 horas).
Segundo. Las enseñanzas autorizadas se impartirán según el calendario escolar
aprobado para las enseñanzas de Formación Profesional, por Resolución de la persona
titular de la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de educación
en Cádiz, según lo establecido en los artículos 3 y 4 del Decreto 301/2009, de 14 de
julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros docentes, a
excepción de los universitarios.
Cuarto. En virtud de la disposición adicional tercera de la Orden de 21 de junio
de 2012, la autorización para impartir enseñanzas a distancia se aplicará de forma
progresiva, de modo que el primer año de implantación sólo se aplicará a los módulos
profesionales que componen el primer curso de la correspondiente modalidad presencial
y en el curso siguiente, a los módulos profesionales del segundo curso.
Antes de la implantación de los módulos profesionales del segundo curso, la
titularidad del centro queda obligada a enviar a la Delegación Territorial de la Consejería
competente en materia de educación en Cádiz el plan docente con las programaciones,
la organización de las sesiones y pruebas presenciales de los módulos profesionales de
este curso, así como la relación de profesorado que impartirá docencia, con indicación
de sus respectivas titulaciones y la documentación acreditativa de poseer la formación
técnica y metodológica necesaria para impartir docencia en la modalidad a distancia,
comunicando a la Delegación Territorial competente cualquier modificación que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253639
Tercero. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso académico
2022/2023.