Autoridades y personal. Universidades. (2022/10-10)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se convocan a concurso de acceso plazas de cuerpos de funcionarios docentes universitarios.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Lunes, 17 de enero de 2022

página 278/2

3. Solicitudes.
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo podrán realizar su inscripción
en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la
presente convocatoria en el BOE, a través de la Sede electrónica de la Universidad de
Granada, https://sede.ugr.es, utilizando el procedimiento electrónico «Concursos a plazas
docentes: Solicitud de admisión» disponible en dicha sede.
Para que los/as interesados/as no tengan que aportar toda la documentación justificativa,
la Universidad de Granada accederá a las bases de datos de las Administraciones, con
garantía de confidencialidad y con la única finalidad de verificación y consulta de los datos
consignados en la inscripción, salvo que el solicitante desee presentar la documentación por
manifestar su oposición motivada a la consulta. Esta oposición deberán manifestarla en el
apartado correspondiente de la solicitud en sede electrónica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253545

2. Requisitos de los candidatos.
2.1. Para ser admitido a los citados concursos, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos generales:
1. S
 er español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de
aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por
la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de
otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de
derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de edad que sean dependientes. Asimismo
podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no comunitaria cuando,
en el Estado de su nacionalidad, a los españoles se les reconozca aptitud legal para
ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios
de los cuerpos docentes universitarios españoles, a cuyo efecto el Consejo de
Universidades recabará informe de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de
Administraciones Públicas.
2. Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que
sea incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo
docente de que se trate.
4. N
 o haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el
desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de
los aspirantes que no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este
requisito comportará no hallarse sometidos a sanción disciplinaria o condena penal
que impida en su Estado el acceso a la función pública.
5. L
 as personas que participen por el cupo de discapacitados, deberán acreditar
tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% de acuerdo con
lo dispuesto en el citado Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
2.2. Requisitos específicos:
1. Estar acreditado para el Cuerpo Docente de Catedráticos de Universidad.
2. S
 er funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad
o de la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de
Investigación, que hayan prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos
bajo dicha condición.
2.3. Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el momento
de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión como funcionario de carrera.