5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/10-52)
Anuncio de 5 de enero de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, de la Resolución por la que se acuerda la inadmisión de las solicitudes de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual, convocadas por Orden de 29 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020), y reguladas por Orden de 8 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Lunes, 17 de enero de 2022

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5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURAS
Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Anuncio de 5 de enero de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, de la Resolución por
la que se acuerda la inadmisión de las solicitudes de ayudas para contribuir
a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de
la vivienda habitual, convocadas por Orden de 29 de junio de 2020 (BOJA
extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020), y reguladas por Orden de 8 de
junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020).
Vistos los siguientes
HECHOS
Primero. La Orden de 8 de junio de 2020, de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio, BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio
de 2020, aprueba las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de
concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social
del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual (en adelante BBRR).
Segundo. En el BOJA, Boletín extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020, se ha
publicado la Orden de 29 de junio de 2020, por la que se convocan para el ejercicio 2020,
ayudas, en concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico
y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual.
Tercero. Se comprueba que las solicitudes presentadas por los interesados
relacionados en el anexo que se acompaña, no se ajustan a lo establecido en el punto
cuarto de la Orden de 29 de junio de 2020, en relación con el plazo de presentación de
solicitudes «De conformidad con el apartado 11.b). del Cuadro Resumen, las solicitudes
podrán presentarse desde el día 8 de julio de 2020 hasta el día 30 de septiembre de
2020, ambos inclusive».

Quinto. Al amparo del dispositivo noveno de la mencionada convocatoria, para mayor
eficacia administrativa se efectúa la agrupación en un único procedimiento de distintos
expedientes por tratarse de la notificación de un mismo trámite, incluyéndose los datos
de cada solicitante en los anexos que se adjuntan.
Y de conformidad con los subsiguientes,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253531

Cuarto. El art. 45 de la LPACAP establece que los actos administrativos serán
objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada
procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano
competente. Asimismo, en los supuestos de publicaciones de actos que contengan
elementos comunes, podrán publicarse de forma conjunta los aspectos coincidentes,
especificándose solamente los aspectos individuales de cada acto.