5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/10-54)
Anuncio de 13 de diciembre de 2021, del Ayuntamiento de Bollullos Par del Condado, de bases para la provisión en propiedad de dos plazas de Policía Local de este Ayuntamiento, por el sistema de acceso de turno libre y procedimiento de selección de oposición. (PP. 3737/2021).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Lunes, 17 de enero de 2022

página 19924/12

10. Sistema nervioso.
10.1. Epilepsia, en todas sus formas. Crisis de actividad comicial o de afinidad comicial
(como los llamados equivalentes epilépticos y otros) con hallazgos electroencefalográficos
significativos.
10.2. Migraña.
10.3. Movimientos involuntarios anormales uni o bilaterales, generalizados o no en
todas sus formas, como temblor, tic o espasmo de cualquier causa.
10.4. Otros procesos patológicos que, a juicio de personal facultativo médico dificulten
el desarrollo de la función policial o pueda suponer un riesgo para sí mismo o terceros.
El mero diagnóstico de disartria o disfemia o tartamudez manifiesta, no será considerada
como causa de exclusión, en cambio no así las dificultades importantes de la fonación.
11. Trastornos psiquiátricos.
11.1. Depresión.
11.2. Trastornos de la personalidad.
11.3. Psicosis.
11.4. Trastornos mentales y del comportamiento debidos al consumo de sustancias
psicotrópicas o drogas, incluido alcohol.
11.5. Otros procesos patológicos que, a juicio de personal facultativo médico, dificulten
el desarrollo de la función policial o pueda suponer un riesgo para sí mismo o terceros.
12. Aparato endocrino.
12.1. Procesos patológicos que, a juicio de personal facultativo médico, dificulten
o limiten el desarrollo de la función policial. El mero diagnóstico de diabetes no será
considerado como causa de exclusión, sino que habrá de realizarse en base a parámetros
clínicos.
13. Sistema inmunitario y enfermedades infecciosas.
13.1. Enfermedades infecciosas y parasitarias que por su contagiosidad sean
incompatibles con el desempeño de la función policial.
13.2. Enfermedades inmunológicas sistémicas no asintomática o no controladas con
tratamiento médico que imposibiliten el desempeño del puesto de trabajo.
13.3. Otros procesos patológicos que, a juicio de personal facultativo médico,
dificulten o limiten el desarrollo de la función policial. El mero diagnóstico de VIH no será
considerado como causa de exclusión, sino que habrá de realizarse en base a parámetros
clínicos.

Para los diagnósticos establecidos en este anexo se tendrán en cuenta los criterios
de las Sociedades Médicas de las especialidades correspondientes.
Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias
para el diagnóstico.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252194

14. Patologías diversas.
Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico, defecto físico o característica
somática que, a juicio de personal facultativo médico, limite o incapacite a la persona
aspirante en el momento del examen, o previsiblemente en el futuro, para el ejercicio
del normal desarrollo de la función policial o pueda suponer un riesgo para sí mismo o
terceros.