3. Otras disposiciones. Consejería de Salud y Familias. (2022/9-29)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se avoca la competencia del Director General de Gestión Económica y Servicios para la adjudicación de los contratos basados en el acuerdo marco con una única empresa, por el que se fijan las condiciones para el suministro de tracto sucesivo de reactivos, material consumible, disponibilidad de uso y mantenimiento del equipamiento principal y auxiliar para realizar las determinaciones analíticas en el programa de cribado de cáncer colorrectal de Andalucía y determinaciones de SOH Asistencial, y se delegan en las personas titulares de las Direcciones Gerencias de los distintos hospitales de referencia en cada una de las provincias andaluzas respecto de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 9 - Viernes, 14 de enero de 2022
página 199/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se avoca la competencia del Director General de
Gestión Económica y Servicios para la adjudicación de los contratos basados
en el acuerdo marco con una única empresa, por el que se fijan las condiciones
para el suministro de tracto sucesivo de reactivos, material consumible,
disponibilidad de uso y mantenimiento del equipamiento principal y auxiliar para
realizar las determinaciones analíticas en el programa de cribado de cáncer
colorrectal de Andalucía y determinaciones de SOH Asistencial, y se delegan en
las personas titulares de las Direcciones Gerencias de los distintos hospitales
de referencia en cada una de las provincias andaluzas respecto de los Centros
Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
Por lo expuesto, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 69 de la Ley 2/1998,
de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en relación el Decreto 105/2019, de 12 de febrero,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253464
La Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud propone la
celebración de un acuerdo marco, con una única empresa, para fijar las condiciones para
el suministro de tracto sucesivo de reactivos, material consumible, disponibilidad de uso
y mantenimiento del equipamiento principal y auxiliar para realizar las determinaciones
analíticas en el Programa de Cribado de cáncer colorrectal de Andalucía y determinaciones
de SOH asistencial, con destino a los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y
las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias.
Al tratarse de productos de uso común para todos los centros y con especificaciones
técnicas comunes a todos ellos, se considera idóneo, a efectos de racionalizar la contratación
de estos bienes por parte del Servicio Andaluz de Salud, la conclusión de un acuerdo marco
puesto que permite armonizar en todos los centros las condiciones de su adquisición.
De acuerdo apartado 1.2 del Cuadro Resumen del Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares, de este acuerdo marco derivarán contratos basados en él que se celebrarán
con la empresa adjudicataria y los órganos provinciales con competencia delegada en
materia de contratación del Servicio Andaluz de Salud mediante resolución expresa, y
la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir, la Agencia Pública
Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir, Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital
de Poniente y la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol en virtud de los
convenios suscritos entre éstas y el Servicio Andaluz de Salud con fecha 7, 11, 12 y 22
de marzo de 2019, respectivamente, para la celebración conjunta de Acuerdos Marco
de Suministro y Servicios con una o varias empresas mediante procedimiento abierto/
negociado, que tendrán por objeto los concretos suministros de tracto sucesivo y precio
unitario, cuyas características y condiciones han sido fijadas en el acuerdo marco.
La competencia en el Servicio Andaluz de Salud, para la contratación administrativa
tramitada en aplicación de los sistemas de racionalización, tales como el acuerdo
marco con un único empresario, es, de conformidad con la Resolución de 2 de abril de
2013, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan
competencias en diferentes órganos, del Director General de Gestión Económica y
Servicios. No obstante, razones de índole técnica y de eficiencia operativa aconsejan
que la ejecución material del suministro se realice en el SAS, mediante la adjudicación
de los contratos basados en el acuerdo marco, que llevarán a cabo las personas titulares
de las Direcciones Gerencias de los distintos Hospitales de referencia de cada una de las
provincias andaluzas, previa avocación y delegación de la competencia respectivamente.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 9 - Viernes, 14 de enero de 2022
página 199/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se avoca la competencia del Director General de
Gestión Económica y Servicios para la adjudicación de los contratos basados
en el acuerdo marco con una única empresa, por el que se fijan las condiciones
para el suministro de tracto sucesivo de reactivos, material consumible,
disponibilidad de uso y mantenimiento del equipamiento principal y auxiliar para
realizar las determinaciones analíticas en el programa de cribado de cáncer
colorrectal de Andalucía y determinaciones de SOH Asistencial, y se delegan en
las personas titulares de las Direcciones Gerencias de los distintos hospitales
de referencia en cada una de las provincias andaluzas respecto de los Centros
Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
Por lo expuesto, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 69 de la Ley 2/1998,
de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en relación el Decreto 105/2019, de 12 de febrero,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253464
La Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud propone la
celebración de un acuerdo marco, con una única empresa, para fijar las condiciones para
el suministro de tracto sucesivo de reactivos, material consumible, disponibilidad de uso
y mantenimiento del equipamiento principal y auxiliar para realizar las determinaciones
analíticas en el Programa de Cribado de cáncer colorrectal de Andalucía y determinaciones
de SOH asistencial, con destino a los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y
las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias.
Al tratarse de productos de uso común para todos los centros y con especificaciones
técnicas comunes a todos ellos, se considera idóneo, a efectos de racionalizar la contratación
de estos bienes por parte del Servicio Andaluz de Salud, la conclusión de un acuerdo marco
puesto que permite armonizar en todos los centros las condiciones de su adquisición.
De acuerdo apartado 1.2 del Cuadro Resumen del Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares, de este acuerdo marco derivarán contratos basados en él que se celebrarán
con la empresa adjudicataria y los órganos provinciales con competencia delegada en
materia de contratación del Servicio Andaluz de Salud mediante resolución expresa, y
la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir, la Agencia Pública
Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir, Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital
de Poniente y la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol en virtud de los
convenios suscritos entre éstas y el Servicio Andaluz de Salud con fecha 7, 11, 12 y 22
de marzo de 2019, respectivamente, para la celebración conjunta de Acuerdos Marco
de Suministro y Servicios con una o varias empresas mediante procedimiento abierto/
negociado, que tendrán por objeto los concretos suministros de tracto sucesivo y precio
unitario, cuyas características y condiciones han sido fijadas en el acuerdo marco.
La competencia en el Servicio Andaluz de Salud, para la contratación administrativa
tramitada en aplicación de los sistemas de racionalización, tales como el acuerdo
marco con un único empresario, es, de conformidad con la Resolución de 2 de abril de
2013, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan
competencias en diferentes órganos, del Director General de Gestión Económica y
Servicios. No obstante, razones de índole técnica y de eficiencia operativa aconsejan
que la ejecución material del suministro se realice en el SAS, mediante la adjudicación
de los contratos basados en el acuerdo marco, que llevarán a cabo las personas titulares
de las Direcciones Gerencias de los distintos Hospitales de referencia de cada una de las
provincias andaluzas, previa avocación y delegación de la competencia respectivamente.