3. Otras disposiciones. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/9-22)
Resolución de 11 de enero de 2022, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se aprueban los formularios acogidos a la convocatoria de 26 de octubre de 2021 de los incentivos para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios del reto demográfico (Programa PREE 5000), acogidos al Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, y se modifica la citada convocatoria.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 9 - Viernes, 14 de enero de 2022

página 223/14

(Página

Descripción de la partida (conceptos incentivables Anexo IV del
RD 691/2021)

Importe €
(sin IVA)

Importe €
(con IVA)

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

Costes de servicio externo para la gestión de la justificación de la
realización de las actuaciones***

de

)

ANEXO I

Inversión elegible €
(con o sin IVA según
el caso)

Informe del auditor sobre la cuenta justificativa***

Informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones
objeto de la ayuda emitido por un organismo de control o entidad
de control.***

INVERSIÓN
IMPORTE TOTAL
TOTAL
IVA
SIN IVA
En el caso de que los costes de mejora energética no se puedan separar, es necesaria su referenciación
con una inversión similar, que implique peores prestaciones energéticas. Identifique el coste del
proyecto de referencia (proyecto sin mejora ambiental ni ahorro de energía), justificada en tecnología
no eficiente o en tecnología con la eficiencia mínima exigida por la legislación vigente, que se habría
podido realizar de forma creíble sin la ayuda.
TOTALES

INVERSIÓN ELEGIBLE

Financiación pública necesaria
* No se incluyen en esta partida costes relacionados con la gestión de la solicitud. Están incluidos los servicios de redacción de la
documentación técnica como por ejemplo:

• Proyecto o memoria técnica para solicitud
** Las partidas específicas consideradas son:

• Para actuación 1 las instalaciones auxiliares necesarias para llevar a cabo esta actuación, como andamiajes o grúas.
• Para actuación 2.2 coste de la realización de los estudios, ensayos, sondeos y simulaciones preliminares previas a la

realización del diseño de la instalación, sondeos, excavaciones, cimentaciones, zanjas, urbanización y demás elementos
necesarios para su explotación, así como redes de calor/frío y estaciones de intercambio.

• Para actuaciones 2.3 silos, sistemas de generación de calor/frío, modificación de la sala de calderas, sistemas de

transporte interno de biomasa, sistemas de tratamientos y emisión de los humos y demás elementos necesarios para su
explotación, así como redes de calor/frío y estaciones de intercambio

*** El coste elegible de estas tres partidas está limitado al 7% del importe de ayuda solicitada, con un límite de 7.000 €, salvo para
las entidades a las que se refiere el apartado 2 del artículo 15 del RD 691/2021, de 3 de agosto, cuando actúen en

representación de comunidades de propietarios u otros propietarios de edificios para promover y gestionar la realización
de actuaciones de rehabilitación energética en los municipios de reto demográfico, será considerado 100 % elegible.

7.

SOLICITUD, LUGAR, FECHA Y FIRMA

La persona abajo firmante, DECLARA, bajo su expresa responsabilidad, que son ciertos cuantos datos figuran en la presente
solicitud, así como en la documentación adjunta, y SOLICITA la concesión del incentivo por el importe máximo que corresponda
conforme a lo establecido en el Anexo I del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto.
a la fecha de la firma electrónica

LA PERSONA SOLICITANTE/REPRESENTANTE LEGAL

Fdo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

00253481

003720

En

http://www.juntadeandalucia.es/eboja