3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2022/9-25)
Orden de 16 de diciembre de 2021, por la que se concede la autorización administrativa para su apertura y funcionamiento al centro docente privado de formación profesional «EUFP. Campus Europeo de Formación Profesional» de Córdoba. (PP. 3932/2021).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 9 - Viernes, 14 de enero de 2022

página 20963/2

Albor Córdoba, S.L., quedando con la configuración de enseñanzas que se describe a
continuación:
a) Ciclos formativos de formación profesional de grado medio (impartidos en doble turno):
Emergencias y protección civil:
Núm. de ciclos: 4.
Grupos: 8.
Puestos escolares: 240.
b) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior (impartidos en doble turno):
Coordinación de emergencias y protección civil:
Núm. de ciclos: 4.
Grupos: 8.
Puestos escolares: 240.
Transporte y logística:
Núm. de ciclos: 4.
Grupos: 8.
Puestos escolares: 240.
Desarrollo de aplicaciones web:
Núm. de ciclos: 2.
Grupos: 4.
Puestos escolares: 120.
Desarrollo de aplicaciones multiplataforma:
Núm. de ciclos: 2.
Grupos: 4.
Puestos escolares: 120.
Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.
Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de centros
docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea
y regula el Registro de centros docentes.
Cuarto. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2021/2022, pues
tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente,
podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al
interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a
que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de
otras personas.
Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación y
Deporte de Córdoba la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación
respectiva.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y
Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación,
de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253239

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a
solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que
señala la presente orden.