3. Otras disposiciones. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/9-21)
Orden de 11 de enero de 2022, por la que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, a la Consejería de Educación y Deporte y a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 9 - Viernes, 14 de enero de 2022
página 261/2
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo no supone la
ampliación de la plantilla presupuestaria, en los términos previstos en los apartados 6 y
7 del artículo 26 de Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el año 2021.
En consecuencia, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.1.d) del Decreto
390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la
relación de puestos de trabajo,
DISPONGO
Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la
Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de
Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, a la Consejería de Educación y
Deporte y a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de
Andalucía, correspondiente a la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y
Administración Local, a la Consejería de Educación y Deporte y a la Consejería de
Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, queda modificada en los términos indicados
en el Anexo I.
Artículo 2. Adscripción del personal afectado por la supresión de los puestos de trabajo.
El personal afectado por la supresión de las plazas de los puestos de trabajo modificados
se adscribe, con el mismo carácter de ocupación con el que las venían desempeñando, a
las plazas creadas en los puestos de trabajo relacionados en el Anexo II.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos administrativos y económicos
derivados de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo se producirán a partir
del 1 de enero de 2022.
Sevilla, 11 de enero de 2022
ELÍAS BENDODO BENASAYAG
00253529
Consejero de la Presidencia,
Administración Pública e Interior
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 9 - Viernes, 14 de enero de 2022
página 261/2
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo no supone la
ampliación de la plantilla presupuestaria, en los términos previstos en los apartados 6 y
7 del artículo 26 de Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el año 2021.
En consecuencia, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.1.d) del Decreto
390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la
relación de puestos de trabajo,
DISPONGO
Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la
Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de
Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, a la Consejería de Educación y
Deporte y a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de
Andalucía, correspondiente a la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y
Administración Local, a la Consejería de Educación y Deporte y a la Consejería de
Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, queda modificada en los términos indicados
en el Anexo I.
Artículo 2. Adscripción del personal afectado por la supresión de los puestos de trabajo.
El personal afectado por la supresión de las plazas de los puestos de trabajo modificados
se adscribe, con el mismo carácter de ocupación con el que las venían desempeñando, a
las plazas creadas en los puestos de trabajo relacionados en el Anexo II.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos administrativos y económicos
derivados de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo se producirán a partir
del 1 de enero de 2022.
Sevilla, 11 de enero de 2022
ELÍAS BENDODO BENASAYAG
00253529
Consejero de la Presidencia,
Administración Pública e Interior
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja