Disposiciones generales. Consejería de Salud y Familias. (2022/501-7)
Resolución de 12 de enero de 2022, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Málaga, por la que se establecen en la provincia de Málaga los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 1 - Miércoles, 12 de enero de 2022

página 284/3

RESU ELVO
Primero. Mantener, previo informe del Comité Territorial de Alertas de Salud Pública
de Alto Impacto, el nivel de alerta sanitaria 2 a los municipios de los Distritos Sanitarios
de Costa del Sol, Málaga, Guadalhorce Axarquía, La Vega y Serranía en nivel de alerta
sanitaria 2.
Segundo. Adoptar las medidas de salud pública generales y las establecidas para
el nivel de alerta sanitaria 2, previstas en la Orden de la Consejería de Salud y Familias
de 17 de diciembre de 2021, por la que se establecen medidas específicas temporales
y excepcionales, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19 en
Andalucia, en relación con los niveles de alerta sanitarias 1 y 2.
Tercero. La adopción de los actuales niveles de alerta sanitaria producirán efectos
desde las 00 del día 13 enero 2022 hasta las 00:00 del el día 27 de enero de 2022, y se
acompañará de un seguimiento continuo de la situación epidemiológica por parte de los
Comités Territoriales de Alerta de Salud Pública de Alto Impacto, que informarán sobre
la necesidad de prórroga, ampliación o reducción de las mismas, a efectos de evaluar el
riesgo sanitario y la proporcionalidad de las medidas, pudiendo ser éstas levantadas o
moduladas total o parcialmente por la autoridad sanitaria si así lo requiriese la evolución
de la situación epidemiológica, de conformidad con lo establecido en la citada Orden de
7 de mayo de 2021 y demás normativa vigente en materia de salud pública.
Cuarto. Dar traslado de esta resolución a la Subdelegación del Gobierno en Málaga,
con el objeto de recabar su cooperación y colaboración, en su caso, a través de los
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, para el control y aplicación de las medidas
adoptadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que los hubiera
dictado, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación,
de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo,
de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

00253557

Málaga, 12 de enero de 2022.- El Consejero de Salud y Familias, P.D. (Orden de
7.5.2021, BOJA extraordinario núm. 41, de 7.5.2021, modificado por Orden de 21.7.2021,
BOJA extraordinario núm. 64, de 21.7.2021 y Orden de 8.11.2020, BOJA extraordinario
núm. 77, de 8.11.2020), el Delegado, Carlos Bautista Ojeda.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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