5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/7-20)
Anuncio de 30 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, por el que se dispone la publicación del Acuerdo de 19 de noviembre de 2021 (MA/03/2021), de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga, relativo a la modificación que se cita.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 7 - Miércoles, 12 de enero de 2022
página 106/2
- Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento
de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y
Ordenación Urbana (RP) (disposición transitoria novena de la LOUA).
Normativa urbanística supramunicipal:
- Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Espacios y Bienes
Protegidos de la provincia de Málaga, Resolución de 14 de febrero de 2007, de la
Dirección General de Urbanismo, BOJA núm. 69, de 9 de abril de 2007 (PEPMF).
Normativa urbanística municipal:
- Normas Subsidiarias de Planeamiento (NN.SS.) de Villanueva del Rosario,
aprobadas definitivamente mediante acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo
(CPU) de Málaga de fecha de 22 de febrero de 1993. Acuerdo publicado en el BOP de
Málaga núm. 78, de fecha 28 de abril de 1993.
- Adaptación Parcial a la LOUA de las NN.SS. de Villanueva del Rosario, aprobada
definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria de fecha 19 de enero
de 2016. Acuerdo publicado en el BOP de Málaga núm. 28, de fecha 11 de febrero de
2016. En el mismo Pleno de fecha 19 de enero de 2016, se aprobó también el Texto
Refundido de la Normativa Urbanística de Villanueva del Rosario. Normativa publicada en
el BOP de Málaga núm. 100, de fecha 27 de mayo de 2016.
Normativa en materia de ordenación del territorio:
- Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma
de Andalucía (LOTA).
- Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA), aprobado por el Decreto
206/2006, de 28 de noviembre, que adaptó el Plan a las Resoluciones aprobadas por
el Parlamento de Andalucía en sesiones celebrada los días 25 y 26 de octubre de 2006
(BOJA núm. 250, de 29.12.2006) (POTA).
Tercero. Fecha de inicio del computo del plazo para resolver.
- Con fecha 27 de agosto de 2021, se le da traslado al Ayuntamiento de oficio
por el que se le comunica la consideración de expediente completo, a efectos del
cómputo del plazo de 5 meses previsto en el art. 32.4 de la LOUA para su resolución,
indicándole expresamente que dentro del primer mes del plazo máximo para resolver
podía formularse, por una sola vez, requerimiento al Ayuntamiento para subsanar las
deficiencias o insuficiencias que presentara el expediente aportado.
- Sin embargo, en fecha 31 de agosto de 2021, se remite requerimiento de subsanación
al Ayuntamiento en relación con las deficiencias detectadas en el expediente, con la
advertencia expresa de que, en tanto que no se subsanara el mismo, se interrumpía el
transcurso del plazo máximo para resolver y notificar, de conformidad con lo previsto en
el artículo 32.4 de la LOUA.
- En fecha 19 de octubre de 2021, tiene entrada oficio del Ayuntamiento de Villanueva
del Rosario, acompañado de documentación relativa a la subsanación del requerimiento
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253379
Segundo. Fecha de entrada, objeto y justificación.
Previos otros trámites que constan en el expediente, y con objeto de atender
correctamente los requerimientos que se le han efectuado, con fecha de 24 de agosto
de 2021, tiene entrada en la Delegación Territorial oficio del Ayuntamiento de Villanueva
del Rosario «Innovación del Plan General de Ordenación Urbanística, modificación de
los límites de la Unidad de Ejecución UE-2», al objeto de que se proceda a su aprobación
definitiva de conformidad con lo establecido en el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002,
de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), cuyo objeto es
modificar los límites de la Unidad de Ejecución UE-2 (ámbito SUNC-2 según Adaptación
Parcial a la LOUA de las NN.SS.), que se encuentra clasificada como suelo urbano no
consolidado, excluyendo parte de terrenos que quedarían categorizados como suelo
urbano consolidado.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 7 - Miércoles, 12 de enero de 2022
página 106/2
- Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento
de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y
Ordenación Urbana (RP) (disposición transitoria novena de la LOUA).
Normativa urbanística supramunicipal:
- Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Espacios y Bienes
Protegidos de la provincia de Málaga, Resolución de 14 de febrero de 2007, de la
Dirección General de Urbanismo, BOJA núm. 69, de 9 de abril de 2007 (PEPMF).
Normativa urbanística municipal:
- Normas Subsidiarias de Planeamiento (NN.SS.) de Villanueva del Rosario,
aprobadas definitivamente mediante acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo
(CPU) de Málaga de fecha de 22 de febrero de 1993. Acuerdo publicado en el BOP de
Málaga núm. 78, de fecha 28 de abril de 1993.
- Adaptación Parcial a la LOUA de las NN.SS. de Villanueva del Rosario, aprobada
definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria de fecha 19 de enero
de 2016. Acuerdo publicado en el BOP de Málaga núm. 28, de fecha 11 de febrero de
2016. En el mismo Pleno de fecha 19 de enero de 2016, se aprobó también el Texto
Refundido de la Normativa Urbanística de Villanueva del Rosario. Normativa publicada en
el BOP de Málaga núm. 100, de fecha 27 de mayo de 2016.
Normativa en materia de ordenación del territorio:
- Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma
de Andalucía (LOTA).
- Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA), aprobado por el Decreto
206/2006, de 28 de noviembre, que adaptó el Plan a las Resoluciones aprobadas por
el Parlamento de Andalucía en sesiones celebrada los días 25 y 26 de octubre de 2006
(BOJA núm. 250, de 29.12.2006) (POTA).
Tercero. Fecha de inicio del computo del plazo para resolver.
- Con fecha 27 de agosto de 2021, se le da traslado al Ayuntamiento de oficio
por el que se le comunica la consideración de expediente completo, a efectos del
cómputo del plazo de 5 meses previsto en el art. 32.4 de la LOUA para su resolución,
indicándole expresamente que dentro del primer mes del plazo máximo para resolver
podía formularse, por una sola vez, requerimiento al Ayuntamiento para subsanar las
deficiencias o insuficiencias que presentara el expediente aportado.
- Sin embargo, en fecha 31 de agosto de 2021, se remite requerimiento de subsanación
al Ayuntamiento en relación con las deficiencias detectadas en el expediente, con la
advertencia expresa de que, en tanto que no se subsanara el mismo, se interrumpía el
transcurso del plazo máximo para resolver y notificar, de conformidad con lo previsto en
el artículo 32.4 de la LOUA.
- En fecha 19 de octubre de 2021, tiene entrada oficio del Ayuntamiento de Villanueva
del Rosario, acompañado de documentación relativa a la subsanación del requerimiento
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253379
Segundo. Fecha de entrada, objeto y justificación.
Previos otros trámites que constan en el expediente, y con objeto de atender
correctamente los requerimientos que se le han efectuado, con fecha de 24 de agosto
de 2021, tiene entrada en la Delegación Territorial oficio del Ayuntamiento de Villanueva
del Rosario «Innovación del Plan General de Ordenación Urbanística, modificación de
los límites de la Unidad de Ejecución UE-2», al objeto de que se proceda a su aprobación
definitiva de conformidad con lo establecido en el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002,
de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), cuyo objeto es
modificar los límites de la Unidad de Ejecución UE-2 (ámbito SUNC-2 según Adaptación
Parcial a la LOUA de las NN.SS.), que se encuentra clasificada como suelo urbano no
consolidado, excluyendo parte de terrenos que quedarían categorizados como suelo
urbano consolidado.