3. Otras disposiciones. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. (2022/6-12)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Almuñécar (Granada).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Martes, 11 de enero de 2022

página 84/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FINANCIACIÓN EUROPEA
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por
la que se autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Almuñécar (Granada).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto
en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan
los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en
Andalucía, en relación con el artículo 9.3.e) del Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el
que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis del municipio de Almuñécar (Granada) que a
continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS
TARIFAS ALMUÑÉCAR 2021
(IVA 10% INCLUIDO)

TARIFA 1
(URBANA/DIURNA)

TARIFA 2
(URBANA/NOCTURNA)

TARIFA 3

BAJADA DE BANDERA

3,30 Euros

4,00 Euros

5,15 Euros

KM RECORRIDO

1,00 Euros

1,25 Euros

1,55 Euros

HORA DE ESPERA

20,40 Euros

24,30 Euros

29,60 Euros

SERVICIO MÍNIMO

4,80 Euros

6,30 Euros

7,55 Euros

SALTO

0,05 Euros

0,05 Euros

0,05 Euros

RECOGIDA A DOMICILIO

1,20 Euros

1,20 Euros

1,20 Euros

MALETAS/BULTOS (máximo 4
pulsaciones)

0,50 Euros

0,50 Euros

0,50 Euros

SUPLEMENTOS MANUALES

Tarifa 1: Laborables diurnos de 06:00 a 22:00 horas
Tarifa 2: Laborables nocturnos de 22:00 a 06:00 horas
Sábados, domingos y festivos de 00:00 a 24:00 horas
Tarifa 3: De 00:00 del 9/08 hasta las 00:00 del 16/08
De 22:00 del 24/12 hasta las 06:00 del 25/12
De 22:00 del 31/12 hasta las 06:00 del 01/01

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de
Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación
o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 28 de diciembre de 2021.- El Director General, Manuel Vázquez Martín.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253355

Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta,
independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente a
los usuarios del servicio, por los profesionales del sector, exhibiéndola en un lugar visible
del vehículo hasta tanto no se publique en el citado boletín.