Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/6-3)
Orden de 28 de diciembre de 2021, por la que se amplía el período de compromisos de las subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, y a la Medida 11: Agricultura Ecológica, correspondientes a las convocatorias de ayudas 2015, 2016 y 2017, al amparo de las Órdenes de 26 de mayo de 2015.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Medida
Medida 10:
Agroambiente
y Clima
Número 6 - Martes, 11 de enero de 2022
página 89/6
Operación
Ejercicio
Partida presupuestaria
Dotación
10.1.1 Apicultura para la conservación
de la biodiversidad.
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14A1011G4
5.000.000,00
10.1.2 Mantenimiento de razas
autóctonas puras en peligro de
extinción.
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14A1012G4
1.500.000,00
10.1.5 Sistemas sostenibles de
cultivos agroindustriales.
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14C1015G4
11.200.000,00
10.1.7 Sistemas sostenibles de olivar.
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14C1017G4
11.100.000,00
10.1.8.1 Sistemas agrarios de
especial interés para las poblaciones
de aves esteparias
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14A1018G4
50.000,00
10.1.11 Agricultura de montaña con
orientación ecológica en cultivos
leñosos (permanentes).
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14C101SG4
490.000,00
10.1.12 Agricultura de montaña con
orientación ecológica en olivar.
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14C101TGO
2.600.000,00
4. El importe del crédito presupuestario para la ampliación de un tercer año del
periodo de compromiso de la convocatoria 2015 asciende a 39.100.000 euros para las
siguientes operaciones de la Medida 11: Agricultura ecológica.
Medida 11:
Agricultura
ecológica
Operación
Ejercicio
Posición presupuestaria
Dotación
11.1.1: Conversión a agricultura y
ganadería ecológica.
2022
1300110000/G/71F/77400 /
C14A1111G4
7.000.000,00
11.1.2: Conversión a olivar ecológico.
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14A1112G4
3.100.000,00
11.2.1: Mantenimiento de agricultura
y ganadería ecológica.
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14A1121G4
20.000.000,00
11.2.2: Mantenimiento de agricultura
ecológica en olivar.
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14A1122GO
9.000.000,00
Disposición adicional segunda. Particularidades de la Campaña 2022.
1. Para aquellas operaciones de la Medida 10: Agroambiente y Clima y Medida 11:
Agricultura Ecológica, indicadas en el resuelvo primero, segundo, tercero y cuarto de
la presente Orden, para las que se amplía en un año el periodo de compromisos, los
beneficiarios deberán mantener las condiciones de admisibilidad y compromisos básicos
y voluntarios, establecidos en sus correspondientes bases reguladoras, en la totalidad de
las unidades comprometidas.
No obstante, en cuanto a los compromisos de determinadas operaciones de la
Medida 10: Agroambiente y Clima, que son multianuales y se han realizado en el periodo de
compromisos, deberán cumplirse en el año de ampliación en la proporción que corresponda
de la superficie comprometida, tal como se indica en el Anexo I bis de la Orden de 26 de
mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima,
incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
2. Por otra parte, de conformidad con el artículo 3 de la Orden de 26 de mayo de 2015,
por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima cuando la
ejecución de los compromisos, vaya más allá del 31 de diciembre del año de ampliación,
se considerará que el período de compromisos concluirá en aquella fecha en la que éste
esté ejecutado en su totalidad para cada operación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253369
Medida
BOJA
Medida
Medida 10:
Agroambiente
y Clima
Número 6 - Martes, 11 de enero de 2022
página 89/6
Operación
Ejercicio
Partida presupuestaria
Dotación
10.1.1 Apicultura para la conservación
de la biodiversidad.
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14A1011G4
5.000.000,00
10.1.2 Mantenimiento de razas
autóctonas puras en peligro de
extinción.
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14A1012G4
1.500.000,00
10.1.5 Sistemas sostenibles de
cultivos agroindustriales.
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14C1015G4
11.200.000,00
10.1.7 Sistemas sostenibles de olivar.
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14C1017G4
11.100.000,00
10.1.8.1 Sistemas agrarios de
especial interés para las poblaciones
de aves esteparias
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14A1018G4
50.000,00
10.1.11 Agricultura de montaña con
orientación ecológica en cultivos
leñosos (permanentes).
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14C101SG4
490.000,00
10.1.12 Agricultura de montaña con
orientación ecológica en olivar.
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14C101TGO
2.600.000,00
4. El importe del crédito presupuestario para la ampliación de un tercer año del
periodo de compromiso de la convocatoria 2015 asciende a 39.100.000 euros para las
siguientes operaciones de la Medida 11: Agricultura ecológica.
Medida 11:
Agricultura
ecológica
Operación
Ejercicio
Posición presupuestaria
Dotación
11.1.1: Conversión a agricultura y
ganadería ecológica.
2022
1300110000/G/71F/77400 /
C14A1111G4
7.000.000,00
11.1.2: Conversión a olivar ecológico.
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14A1112G4
3.100.000,00
11.2.1: Mantenimiento de agricultura
y ganadería ecológica.
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14A1121G4
20.000.000,00
11.2.2: Mantenimiento de agricultura
ecológica en olivar.
2022
1300110000/G/71F/77400/
C14A1122GO
9.000.000,00
Disposición adicional segunda. Particularidades de la Campaña 2022.
1. Para aquellas operaciones de la Medida 10: Agroambiente y Clima y Medida 11:
Agricultura Ecológica, indicadas en el resuelvo primero, segundo, tercero y cuarto de
la presente Orden, para las que se amplía en un año el periodo de compromisos, los
beneficiarios deberán mantener las condiciones de admisibilidad y compromisos básicos
y voluntarios, establecidos en sus correspondientes bases reguladoras, en la totalidad de
las unidades comprometidas.
No obstante, en cuanto a los compromisos de determinadas operaciones de la
Medida 10: Agroambiente y Clima, que son multianuales y se han realizado en el periodo de
compromisos, deberán cumplirse en el año de ampliación en la proporción que corresponda
de la superficie comprometida, tal como se indica en el Anexo I bis de la Orden de 26 de
mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima,
incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
2. Por otra parte, de conformidad con el artículo 3 de la Orden de 26 de mayo de 2015,
por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima cuando la
ejecución de los compromisos, vaya más allá del 31 de diciembre del año de ampliación,
se considerará que el período de compromisos concluirá en aquella fecha en la que éste
esté ejecutado en su totalidad para cada operación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253369
Medida