Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/6-3)
Orden de 28 de diciembre de 2021, por la que se amplía el período de compromisos de las subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, y a la Medida 11: Agricultura Ecológica, correspondientes a las convocatorias de ayudas 2015, 2016 y 2017, al amparo de las Órdenes de 26 de mayo de 2015.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Martes, 11 de enero de 2022

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- Operación 10.1.8.1. Sistemas agrarios de especial interés para las poblaciones de
aves esteparias.
- Operación 10.1.11. Agricultura de montaña con orientación ecológica en cultivos
leñosos (permanentes).
- Operación 10.1.12. Agricultura de montaña con orientación ecológica en olivar.
Cuarto. Ampliar por un tercer año el periodo de compromisos de las ayudas
correspondientes a las siguientes operaciones de la Medida 11: Agricultura Ecológica,
convocadas mediante la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban
en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones a la Medida 11: Agricultura Ecológica, incluida en el Programa de
Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa su convocatoria para el año 2015,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.3 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al
desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por
el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo:

Quinto. Solicitudes de pago y plazo de presentación.
1. Aquellos beneficiarios de las operaciones que se prorrogan correspondientes a la
Medida 10: Agroambiente y Clima, y la Medida 11: Agricultura Ecológica, que iniciaron
sus compromisos en el año 2015, 2016 o 2017 y deseen seguir en el régimen, deberán
presentar la correspondiente solicitud de pago a través de la Solicitud Única 2022, de
conformidad con las disposiciones contenidas en la Orden de 12 de marzo de 2015,
por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la
presentación de la Solicitud Única y de la solicitud de asignación de derechos de pago
básico a partir del año 2015, así como disposiciones de aplicación a los pagos directos
a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas del Programa de Desarrollo Rural de
Andalucía 2014-2020 objeto de inclusión en la Solicitud Única, y en las correspondientes
bases reguladoras aprobadas por sendas Órdenes de 26 de mayo de 2015.
2. Las solicitudes de pago deberán presentarse en el plazo establecido en el artículo 6
de la Orden de 12 de marzo de 2015, y el artículo 95 del Real Decreto 1075/2014, de 19
de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura
y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los
pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
3. Las solicitudes deberán formularse conforme a los modelos establecidos. Los
mismos estarán a disposición de las personas solicitantes en la página web de la
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de
Andalucía en la dirección:
https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturaganaderiapescaydesarrollosostenible/
areas/politica-agraria-comun/ayudas-pac/paginas/modelos-solicitud-unica-2022.html
4. Tanto las solicitudes de pagos como cualquier otra documentación exigida en
la regulación específica de las ayudas objeto de la presente Orden, se presentarán
preferentemente de forma telemática, mediante las herramientas informáticas disponibles
a través de las Entidades Reconocidas firmantes del convenio para la tramitación de
las Solicitudes Únicas de Ayudas, celebrado entre dichas entidades y la Consejería de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, con fecha de 1 de febrero de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253369

- Operación 11.1.1. Conversión a prácticas de agricultura y ganadería ecológica.
- Operación 11.1.2. Conversión a prácticas de olivar ecológico.
- Operación 11.2.1. Mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura y ganadería
ecológica.
- Operación 11.2.2. Mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura ecológica
en olivar.