3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2022/4-22)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se aprueba la Política de Seguridad TIC y de Protección de Datos de Carácter Personal en el ámbito de la Agencia.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Viernes, 7 de enero de 2022

página 20888/13

El acceso a la información seguirá el principio de «necesidad de conocer», de forma
que los privilegios otorgados a cada entidad sean los mínimos imprescindibles para el
desarrollo de su actividad.
La identificación de las personas usuarias será tal que se pueda conocer en todo
momento quién recibe los derechos de acceso y quién ha realizado alguna actividad, por
lo que los identificadores serán personales, no compartidos e intransferibles.
Los lugares con acceso restringido igualmente se controlarán y serán previamente
autorizados por los responsables asignados.
6. Protección de las instalaciones.
Los sistemas de información estarán ubicados en zonas protegidas, con acceso
restringido, habilitado únicamente al personal autorizado.
7. Adquisición de productos.
Para las actividades de adquisición de nuevos productos, sistemas o servicios se
establecen actuaciones de análisis de riesgos con proveedores y se mantendrán
actualizados los listados de proveedores habituales. Las adquisiciones se autorizarán por
los responsables del área implicada y el Servicio de Contratación a través de informes
favorables del proveedor, en caso de requerirse.
8. Seguridad por defecto.
Los sistemas y aplicaciones se diseñarán y construirán bajo el principio de seguridad
por defecto, de tal forma que:
a) El sistema ofrecerá la funcionalidad mínima necesaria y ninguna adicional.
Cualquier función que no sea de interés o innecesaria será deshabilitada o no implantada.
b) La operación y explotación de los sistemas estará limitada a aquellas personas o
ubicaciones que se autoricen, quedando prohibidas para el resto.
c) El uso del sistema ha de ser seguro, de tal forma que el uso inseguro requerirá
intención expresa por parte del usuario.
La seguridad estará presente desde la concepción de un sistema o aplicación y
permanecerá presente durante todo su ciclo de vida.
En la concepción de un nuevo sistema o aplicación, o modificación sustancial de un
sistema o aplicación existentes, se contará siempre, y desde el inicio, con la participación
del Responsable de Seguridad de la Información.
9. Integridad y actualización del sistema.
Se deberán seguir en todo momento las informaciones acerca de la vulnerabilidades
que afectan a los sistemas de información.
Se seguirán las recomendaciones de los fabricantes de equipos y software en cuanto
a actualizaciones de seguridad, que deberán ser analizadas en cuanto a su idoneidad y
conveniencia, y aplicadas en caso positivo con la menor dilación.

11. Prevención ante otros sistemas de información interconectados.
Se desplegarán las protecciones necesarias para proteger el perímetro de la red
corporativa del SAE, de forma que se neutralicen las posibles intrusiones procedentes
del exterior, ya sea iniciadas malintencionadamente por terceros o como consecuencia
de la interconexión con sistemas de terceros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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10. Protección de la información almacenada y en tránsito.
Se protegerán los entornos que contienen información almacenada y en tránsito
entre entornos inseguros. En este sentido se protegerán convenientemente los equipos
portátiles que puedan contener información, así como los soportes extraíbles (lápices de
memoria, discos duros extraíbles, etc.).