3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/3-8)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Medio Ambiente, Agua y Cambio Climático, por la que se emite y se hace pública la declaración ambiental estratégica del II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Montes de Málaga y su Área de Influencia Socioeconómica.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 3 - Miércoles, 5 de enero de 2022
página 20758/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Medio
Ambiente, Agua y Cambio Climático, por la que se emite y se hace pública
la declaración ambiental estratégica del II Plan de Desarrollo Sostenible del
Parque Natural Montes de Málaga y su Área de Influencia Socioeconómica.
Conforme a lo previsto en el artículo 38.6 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental, se emite y se hace pública la declaración ambiental
estratégica del II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Montes de Málaga y
su Área de Influencia Socioeconómica.
2. Tramitación.
La evaluación ambiental del II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural
Montes de Málaga y su Área de Influencia Socioeconómica se ha llevado a cabo según
lo previsto en la ley GICA. Durante la tramitación del procedimiento se ha realizado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253025
1. Marco legislativo.
La ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (en adelante
Ley GICA) establece en su artículo 36 la necesidad de someter a evaluación ambiental
estratégica ordinaria los planes que establezcan el marco para la futura autorización de
proyectos enumerados en el Anexo I de la citada ley, siempre que sean elaborados por
una Administración pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y cuya elaboración y
aprobación venga exigida por una disposición legal o reglamentaria o por acuerdo del Consejo
de Gobierno. El II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Montes de Málaga y su
Área de Influencia Socioeconómica, promovido por la Secretaría General de Medio Ambiente,
Agua y Cambio Climático, se encuentra incluido en este ámbito de aplicación.
Analizada la documentación aportada y vistos los informes recibidos, la Secretaría
General de Medio Ambiente, Agua y Cambio Climático, en el ejercicio de las atribuciones
conferidas por la ley GICA, y el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Desarrollo Sostenible, resuelve emitir la presente declaración ambiental estratégica como
resultado del procedimiento de evaluación ambiental estratégica del II Plan de Desarrollo
Sostenible del Parque Natural Montes de Málaga y su Área de Influencia Socioeconómica.
En este sentido, el II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Montes de
Málaga y su Área de Influencia Socioeconómica (en adelante PDS) se considera viable
solo a los efectos ambientales, siempre que se cumpla lo establecido en el estudio
ambiental estratégico y en la declaración ambiental estratégica, que constituye un
informe preceptivo y determinante. El promotor incorporará en el PDS el contenido
de la declaración ambiental estratégica. Asimismo, el contenido del estudio ambiental
estratégico corregido, en su caso, por el resultado de la información pública y las
consultas realizadas, deberá ser parte integrante del PDS.
Por otro lado, se procede a dar publicidad a la declaración ambiental estratégica
del PDS en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme al artículo 38.6, de
la Ley GICA. Esta declaración también se podrá consultar en la sede electrónica de la
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
Esta declaración ambiental estratégica perderá su vigencia si, una vez publicada
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no se hubiera procedido a la adopción o
aprobación del PDS en el plazo máximo de dos años desde su publicación.
Contra la presente declaración no procederá recurso administrativo alguno, sin
perjuicio de los que procedan, en su caso, contra la resolución que apruebe el PDS.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 3 - Miércoles, 5 de enero de 2022
página 20758/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Medio
Ambiente, Agua y Cambio Climático, por la que se emite y se hace pública
la declaración ambiental estratégica del II Plan de Desarrollo Sostenible del
Parque Natural Montes de Málaga y su Área de Influencia Socioeconómica.
Conforme a lo previsto en el artículo 38.6 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental, se emite y se hace pública la declaración ambiental
estratégica del II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Montes de Málaga y
su Área de Influencia Socioeconómica.
2. Tramitación.
La evaluación ambiental del II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural
Montes de Málaga y su Área de Influencia Socioeconómica se ha llevado a cabo según
lo previsto en la ley GICA. Durante la tramitación del procedimiento se ha realizado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253025
1. Marco legislativo.
La ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (en adelante
Ley GICA) establece en su artículo 36 la necesidad de someter a evaluación ambiental
estratégica ordinaria los planes que establezcan el marco para la futura autorización de
proyectos enumerados en el Anexo I de la citada ley, siempre que sean elaborados por
una Administración pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y cuya elaboración y
aprobación venga exigida por una disposición legal o reglamentaria o por acuerdo del Consejo
de Gobierno. El II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Montes de Málaga y su
Área de Influencia Socioeconómica, promovido por la Secretaría General de Medio Ambiente,
Agua y Cambio Climático, se encuentra incluido en este ámbito de aplicación.
Analizada la documentación aportada y vistos los informes recibidos, la Secretaría
General de Medio Ambiente, Agua y Cambio Climático, en el ejercicio de las atribuciones
conferidas por la ley GICA, y el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Desarrollo Sostenible, resuelve emitir la presente declaración ambiental estratégica como
resultado del procedimiento de evaluación ambiental estratégica del II Plan de Desarrollo
Sostenible del Parque Natural Montes de Málaga y su Área de Influencia Socioeconómica.
En este sentido, el II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Montes de
Málaga y su Área de Influencia Socioeconómica (en adelante PDS) se considera viable
solo a los efectos ambientales, siempre que se cumpla lo establecido en el estudio
ambiental estratégico y en la declaración ambiental estratégica, que constituye un
informe preceptivo y determinante. El promotor incorporará en el PDS el contenido
de la declaración ambiental estratégica. Asimismo, el contenido del estudio ambiental
estratégico corregido, en su caso, por el resultado de la información pública y las
consultas realizadas, deberá ser parte integrante del PDS.
Por otro lado, se procede a dar publicidad a la declaración ambiental estratégica
del PDS en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme al artículo 38.6, de
la Ley GICA. Esta declaración también se podrá consultar en la sede electrónica de la
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
Esta declaración ambiental estratégica perderá su vigencia si, una vez publicada
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no se hubiera procedido a la adopción o
aprobación del PDS en el plazo máximo de dos años desde su publicación.
Contra la presente declaración no procederá recurso administrativo alguno, sin
perjuicio de los que procedan, en su caso, contra la resolución que apruebe el PDS.