Autoridades y personal. Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico. (2022/2-16)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan audiciones para proceso de selección de artistas (repetidor/a, bailaor/a solista, bailaor/a, cantaor/a, guitarrista y percusionista) a fin de renovar el elenco del Ballet flamenco de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Martes, 4 de enero de 2022

página 20799/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO HISTÓRICO
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales, por la que se convocan audiciones para proceso de selección
de artistas (repetidor/a, bailaor/a solista, bailaor/a, cantaor/a, guitarrista y
percusionista) a fin de renovar el elenco del Ballet flamenco de Andalucía.
Doña Almudena Bocanegra Jiménez, en calidad de Gerente de la Agencia Andaluza de
Instituciones Culturales, en virtud del Decreto 316/2019, de 12 de febrero, del Consejo
de Gobierno de la Junta de Andalucía, entidad adscrita a la Consejería de Cultura y
Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía, que se constituyó mediante Ley 3/1991,
de 28 de diciembre, y Decreto 46/1993 y transformada en Agencia Pública Empresarial
mediante el artículo 20.1 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, aprobándose sus Estatutos
mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, en el ejercicio de las competencias atribuidas
por el artículo 16 de los mencionados Estatutos,
RESU ELV E
Primero. Convocar audiciones para la cobertura de puestos del elenco del Ballet
Flamenco de Andalucía, integrado por repetidor/a, bailaores y bailaoras, y músicos
(cante, guitarra y toque), a fin de renovar los componentes del elenco, mediante contratos
temporales sujetos al Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la
relación laboral de carácter especial de artistas en espectáculos públicos.
Segundo. Las bases que regirán la convocatoria son las contenidas en el Anexo I de
la presente resolución.
Tercero. El modelo de solicitud se incluye en el Anexo II.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 121 y 122 de
la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, ante la Dirección de la Agencia,
con carácter previo a la jurisdicción social.
Sevilla, 23 de diciembre de 2021.- La Gerente, Almudena Bocanegra Jiménez.
ANEXO I

Primera. Antecedentes y objeto.
1.1. La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, conforme a lo dispuesto en el
artículo 20 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, es una agencia pública empresarial adscrita
a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, de las previstas en el artículo 68.1.b)
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, con personalidad jurídica pública diferenciada y plena
capacidad jurídica y de obrar, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253062

BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL
DE ARTISTAS (REPETIDOR/A, BAILAOR/A SOLISTA, BAILAOR/A, CANTAOR/A,
GUITARRISTA Y PERCUSIONISTA) PARA EL ELENCO DEL BALLET FLAMENCO
DE ANDALUCÍA