Autoridades y personal. Universidades. (2022/2-17)
Resolución de 10 de diciembre de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de Cuerpos Docentes Universitarios (Profesorado Titular de Universidad).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Martes, 4 de enero de 2022
página 20697/6
Finalizada la prueba, la Comisión deliberará y cada uno de sus miembros emitirá
un voto con informe razonado sobre la valoración cuantificada que le merece cada uno
de los concursantes, ajustándose a los criterios aprobados por la Comisión. En caso de
unanimidad, dichos informes podrán sustituirse por un informe único y razonado de la
Comisión.
6.5. Los resultados de evaluación de cada candidato, desglosada por cada uno de
los aspectos evaluados, serán publicados en la página web del Área de Personal de la
Universidad de Cádiz.
6.6. La propuesta del candidato elegido se hará pública en el lugar donde se haya
efectuado la prueba.
8. Presentación de documentos y nombramientos.
8.1. Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar en
cualquiera de los Registros de la Universidad de Cádiz dirigido al Área de Personal, en
los veinte días hábiles, siguientes al de conclusión de las actuaciones de la Comisión,
excepto que sea personal de la Universidad de Cádiz y esté prestando servicios en la
misma, los siguientes documentos:
a) Copia compulsada del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad
distinta de la española.
b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico
que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252961
7. Propuesta de provisión.
7.1. La Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante,
una relación de todos los candidatos y candidatas por orden de preferencia para
su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas
convocadas a concurso.
7.2. En los siete días hábiles siguientes al de finalizar la actuación de la Comisión, el
Secretario de la misma entregará en el Área de Personal de la Universidad de Cádiz el
expediente administrativo del concurso, que incorpora los documentos recogidos en el
punto 1 del artículo 14 del Reglamento UCA/CG19/2008.
Los documentos entregados por los concursantes permanecerán depositados durante
un plazo de dos meses desde la fecha de la propuesta de la Comisión, salvo que se
interponga algún recurso, en cuyo caso el depósito continuará hasta que haya resolución
firme. Transcurridos seis meses adicionales sin que el interesado hubiera retirado dicha
documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.
7.3. Contra las propuestas de las Comisiones de los concursos de acceso, los
concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días
hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dichas propuestas. Admitida a trámite
la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su resolución definitiva.
7.4. La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones, conforme a
lo establecido en el artículo 15 del Reglamento UCA/CG19/2008, de 15 de diciembre,
para los Concursos de Acceso entre Acreditados a Cuerpos de Funcionarios Docentes
Universitarios de la Universidad de Cádiz, que ratificará o no la propuesta reclamada, en
el plazo máximo de tres meses a partir de la recepción de aquélla. El transcurso del plazo
establecido sin resolver se entenderá como rechazo de la reclamación presentada.
Las resoluciones de esta Comisión serán vinculantes para el Rector. La resolución del
Rector agota la vía administrativa. En caso de no ratificarse la propuesta, se retrotraerá
el expediente al momento en que se produjo el vicio, debiendo la Comisión evaluadora
formular una nueva propuesta.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Martes, 4 de enero de 2022
página 20697/6
Finalizada la prueba, la Comisión deliberará y cada uno de sus miembros emitirá
un voto con informe razonado sobre la valoración cuantificada que le merece cada uno
de los concursantes, ajustándose a los criterios aprobados por la Comisión. En caso de
unanimidad, dichos informes podrán sustituirse por un informe único y razonado de la
Comisión.
6.5. Los resultados de evaluación de cada candidato, desglosada por cada uno de
los aspectos evaluados, serán publicados en la página web del Área de Personal de la
Universidad de Cádiz.
6.6. La propuesta del candidato elegido se hará pública en el lugar donde se haya
efectuado la prueba.
8. Presentación de documentos y nombramientos.
8.1. Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar en
cualquiera de los Registros de la Universidad de Cádiz dirigido al Área de Personal, en
los veinte días hábiles, siguientes al de conclusión de las actuaciones de la Comisión,
excepto que sea personal de la Universidad de Cádiz y esté prestando servicios en la
misma, los siguientes documentos:
a) Copia compulsada del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad
distinta de la española.
b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico
que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252961
7. Propuesta de provisión.
7.1. La Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante,
una relación de todos los candidatos y candidatas por orden de preferencia para
su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas
convocadas a concurso.
7.2. En los siete días hábiles siguientes al de finalizar la actuación de la Comisión, el
Secretario de la misma entregará en el Área de Personal de la Universidad de Cádiz el
expediente administrativo del concurso, que incorpora los documentos recogidos en el
punto 1 del artículo 14 del Reglamento UCA/CG19/2008.
Los documentos entregados por los concursantes permanecerán depositados durante
un plazo de dos meses desde la fecha de la propuesta de la Comisión, salvo que se
interponga algún recurso, en cuyo caso el depósito continuará hasta que haya resolución
firme. Transcurridos seis meses adicionales sin que el interesado hubiera retirado dicha
documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.
7.3. Contra las propuestas de las Comisiones de los concursos de acceso, los
concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días
hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dichas propuestas. Admitida a trámite
la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su resolución definitiva.
7.4. La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones, conforme a
lo establecido en el artículo 15 del Reglamento UCA/CG19/2008, de 15 de diciembre,
para los Concursos de Acceso entre Acreditados a Cuerpos de Funcionarios Docentes
Universitarios de la Universidad de Cádiz, que ratificará o no la propuesta reclamada, en
el plazo máximo de tres meses a partir de la recepción de aquélla. El transcurso del plazo
establecido sin resolver se entenderá como rechazo de la reclamación presentada.
Las resoluciones de esta Comisión serán vinculantes para el Rector. La resolución del
Rector agota la vía administrativa. En caso de no ratificarse la propuesta, se retrotraerá
el expediente al momento en que se produjo el vicio, debiendo la Comisión evaluadora
formular una nueva propuesta.