3. Otras disposiciones. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. (2022/1-12)
Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento domiciliario de agua potable del municipio de El Ejido. (PP. 3593/2021).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Lunes, 3 de enero de 2022
página 19299/3
C. Tarifas relacionadas con el suministro de agua para usos especiales.
1. Cuota fija.
Se establece una cuota mensual fija de servicio que será por cada recibo girado al
abonado la misma prevista en el apartado A.1 de este anexo de tarifas.
2. Cuota variable o de consumo.
Se tomará como base de gravamen la cantidad de agua medida en metros cúbicos
por el contador fijándose las siguientes tarifas:
USO
Campo de Golf
Jardines Privados
Puerto Deportivo
Usos Comunitarios Recreativos
Euros/m³
0,255775
0,876266
0,876266
2,659925
3. Tarifas por contratación y reconexión, fianzas y derechos de acometidas de
abastecimiento.
Respecto a las Cuotas de Contratación y Reconexión, Fianzas y Derechos de
Acometidas de Abastecimiento serán las mismas previstas para el suministro de agua
potable recogidas en el epígrafe A de este anexo.
En base a lo anterior, se obtiene el siguiente cuadro de cuotas de contratación y de
reconexión para los tipos y modalidad de suministro según el calibre del contador:
Diámetro contador (mm)
Hasta 13
15
20
25
30
40
50
65
80
100 y superior
Jardines Privados/ Puerto Deportivo/
Usos Comunitarios Recreativos
81,33 euros
88,54 euros
106,57 euros
124,60 euros
142,63 euros
178,69 euros
214,75 euros
268,84 euros
322,93 euros
395,05 euros
Campo de Golf
37,06 euros
44,27 euros
62,30 euros
80,33 euros
98,36 euros
134,42 euros
170,48 euros
224,57 euros
278,66 euros
350,78 euros
Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta,
independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente
a los usuarios del servicio, por la Entidad, hasta tanto no se publique en el citado boletín.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de
Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación
o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
00251552
Sevilla, 25 de noviembre de 2021.- El Director General, Manuel Vázquez Martín.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Lunes, 3 de enero de 2022
página 19299/3
C. Tarifas relacionadas con el suministro de agua para usos especiales.
1. Cuota fija.
Se establece una cuota mensual fija de servicio que será por cada recibo girado al
abonado la misma prevista en el apartado A.1 de este anexo de tarifas.
2. Cuota variable o de consumo.
Se tomará como base de gravamen la cantidad de agua medida en metros cúbicos
por el contador fijándose las siguientes tarifas:
USO
Campo de Golf
Jardines Privados
Puerto Deportivo
Usos Comunitarios Recreativos
Euros/m³
0,255775
0,876266
0,876266
2,659925
3. Tarifas por contratación y reconexión, fianzas y derechos de acometidas de
abastecimiento.
Respecto a las Cuotas de Contratación y Reconexión, Fianzas y Derechos de
Acometidas de Abastecimiento serán las mismas previstas para el suministro de agua
potable recogidas en el epígrafe A de este anexo.
En base a lo anterior, se obtiene el siguiente cuadro de cuotas de contratación y de
reconexión para los tipos y modalidad de suministro según el calibre del contador:
Diámetro contador (mm)
Hasta 13
15
20
25
30
40
50
65
80
100 y superior
Jardines Privados/ Puerto Deportivo/
Usos Comunitarios Recreativos
81,33 euros
88,54 euros
106,57 euros
124,60 euros
142,63 euros
178,69 euros
214,75 euros
268,84 euros
322,93 euros
395,05 euros
Campo de Golf
37,06 euros
44,27 euros
62,30 euros
80,33 euros
98,36 euros
134,42 euros
170,48 euros
224,57 euros
278,66 euros
350,78 euros
Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta,
independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente
a los usuarios del servicio, por la Entidad, hasta tanto no se publique en el citado boletín.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de
Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación
o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
00251552
Sevilla, 25 de noviembre de 2021.- El Director General, Manuel Vázquez Martín.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja